Álvarez-Cascos: “La Nueva España registra en tres años 73 desmentidos, rectificaciones y demandas de FORO por su campaña de informaciones inveraces, injuriosas y calumniosas contra FORO y sus militantes”

“Las agresiones habituales y sistemáticas de La Nueva España contra FORO al servicio de sus intereses económicos no tienen parangón en ninguna sociedad democrática sostenida en un Estado de Derecho”

“Mientras el imperio de la ley no se imponga al matonismo mediático, muchos asturianos no podremos disfrutar de libertad ni ejercer nuestros derechos cívicos de participación política”

“En contra de lo que afirma el PP, convertido en Asturias en marca blanca del PSOE, el art. 159 de la LOREG no es de aplicación directa ni supletoria a las incompatibilidades de la Junta General del Principado”

El presidente de FORO, Francisco Álvarez-Cascos, compareció al final de la reunión ordinaria de la Comisión Directiva para dar cuenta de los asuntos tratados y se refirió a “la escalada de noticias  producidas por las tácticas mediáticas orquestadas desde la Presidencia del Principado y publicitadas por La Nueva España para trasladar a la opinión pública una visión manipulada de las actuaciones que intentan tapar las irregularidades de militantes de PSOE, e implicar arbitrariamente a otras fuerzas políticas como FORO. Es el último episodio y el más grave de una cadena de ataques de La Nueva España que registra en tres años un total de 73 acciones: desmentidos (34), rectificaciones (27) y demandas (12) de FORO por sus denuncias falsas y sus informaciones inveraces, injuriosas calumniosas contra FORO y sus militantes”

Álvarez-Cascos considera que “las agresiones habituales y sistemáticas de La Nueva España contra FORO al servicio de sus intereses económicos no tienen parangón en ninguna sociedad democrática sostenida en un Estado de Derecho. El daño afecta a cuestiones que trascienden la contienda política para afectar a la esencia misma del Estado de Derecho, y al menoscabo del principio de legalidad como principio vertebrador de aquél garantizado por la Constitución en su artículo 9.3.  En un Estado de Derecho, todas las decisiones y actuaciones públicas están sometidas al imperio de la ley y solo pueden ser revisadas por los Tribunales de Justicia  y no por el aberrante expediente de su puesta en entredicho en La Nueva España al servicio de intereses ajenos el interés general, en base a la opinión de expertos de camarillas con la pretensión nada democrática de sustituir el Estado de Derecho por un artificial estado de opinión al servicio de los propios intereses, ajenos al interés general o con frecuencia enfrentados a él”.

Álvarez-Cascos añadió que “para entender tanto dislate jurídico y tanta manipulación informativa por parte de La Nueva España, basta leer el párrafo de un editorial reciente que califica de ‘arbitrariedad dictatorial’ un acuerdo del Ayuntamiento de Gijón sobre el cese de la Secretaria General, que fue declarado conforme a derecho por un Juzgado de Primera Instancia y por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. La norma ‘democrático’ y las actuaciones ‘legales’ para La Nueva España son las que dicta su concepto interesado, inmoral, desvergonzado y totalitario del Estado de Derecho. Por todo ello, mientras el imperio de la ley no se imponga al matonismo mediático, muchos asturianos no podremos disfrutar de libertad ni ejercer nuestros derechos cívicos de participación política.

El apoyo del PP al Gobierno del Principado y a La Nueva España

Álvarez-Cascos concluyó denunciando que “hasta ahora, mientras el Gobierno de Javier Fernández impulsaba actuaciones injustas e injustificables contra diputados de FORO cuyas actividades fueron declaradas compatibles reiteradamente por el pleno de la JGPA, el PP guardaba un elocuente silencio, roto hoy por las declaraciones de sus portavoces en apoyo a las tesis del Gobierno del Principado, que finalmente salen de su escondite para defender idénticas tesis, contrarias a las mantenidas durante los veinte años anteriores, confirmando que son la marca blanca del PSOE en Asturias.

Lo que sostiene el PP no se tiene en pie. El artículo 159 de la LOREG dispone que ‘el mandato de los Diputados y Senadores es incompatible’ con ‘la actividad de contratista o fiador de obras, servicios, suministros y, en general, cualesquiera contratos que se paguen con fondos de Organismos o Empresas del Sector Público estatal, autonómico o local o el desempeño de puestos o cargos que lleven anejas funciones de dirección o representación, asesoramiento o prestación de servicios en Compañía o Empresas que se dediquen a dichas actividades’. Pero la Disposición Adicional Primera no incluye el artículo 159.1 b) entre los preceptos que son de aplicación directa a las elecciones de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. La Disposición Adicional Primera, tampoco incluye el artículo 159.1 b) entre los preceptos que son de aplicación supletoria a las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas. Es decir, en contra de lo que afirma el PP, convertido en Asturias en marca blanca del PSOE, el art. 159 de la LOREG no es de aplicación directa ni supletoria a las incompatibilidades de la Junta General del Principado”.

“A mayor abundamiento, la Ley del Principado de Asturias 14/1986, de 26 de diciembre, sobre el Régimen de Elecciones a la Junta General, establece en su Disposición Final que ‘en lo no previsto en ésta Ley serán de aplicación con carácter general las normas vigentes en la legislación sobre Régimen Electoral General y especialmente las previstas para las elecciones de Diputados a Cortes Generales’. Pero esta Ley prevé sus propias causas de incompatibilidad para los Diputados autonómicos, por lo que no se da la condición para que, con arreglo a la Disposición Final, se pueda acudir a la supletoriedad de la legislación estatal. Todo lo contrario, el artículo 6 de dicha Ley autonómica sí establece una lista de causas de incompatibilidad entre las que no se relaciona la condición de contratista con el sector público.

Esta argumentación (también sostenida por el Letrado Mayor de la Junta General del Principado de Asturias en su Informe de 28 de diciembre de 2011) no solo es la más coherente con la literalidad de las normas analizadas, sino que, además, es la más ajustada al principio general conforme al cual las normas prohibitivas o limitativas de derechos deben ser interpretadas restrictivamente sin que quepa su aplicación extensiva o analógica, principio que de hecho ha sido aplicado por la propia Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado en relación con el régimen de incompatibilidades previsto en la LOREG y en la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional”.

 

AFILIACIÓN

La Comisión Directiva aprobó también 5 nuevas altas en el partido y registró 20 bajas (10 de ellas por defunción), lo que sitúa el número total de afiliados en 11.991personas.

CONGRESOS

La Comisión Directiva ratificó las propuestas de celebración de los siguientes Congresos Locales por el sistema de elección directa o elecciones primarias:

-        Carreño: 24 de enero

-        Gijón: 31 de enero

MILITANTES DE HONOR