RESOLUCION de 4 de diciembre de 2006, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se regula la pesca del pulpo común (Octopus vulgaris) durante la campaña 2006/2007.

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA

RESOLUCION de 4 de diciembre de 2006, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se regula la pesca del pulpo común (Octopus vulgaris) durante la campaña 2006/2007.

El artículo 10. 1. 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, atribuye al Principado de Asturias competencia exclusiva en materia de pesca en aguas interiores y marisqueo.

En ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley 2/93, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos, cuyo artículo 7 establece la posibilidad de realizar planes anuales en los que se fijará la capacidad extractiva en función de la evolución de los recursos, oídos los profesionales a través de sus representantes.

En desarrollo de estas previsiones, la Dirección General de Pesca ha elaborado un Plan de Explotación del pulpo común (Octopus vulgaris) en colaboración con las Cofradías de Pescadores de Cudillero, Oviñana, Luarca, Puerto de Vega, Ortiguera, Viavélez, Tapia de Casariego y Figueras, con el objeto de preservar el recurso y mejorar su comercialización en el ámbito geográfico de las mismas.

En cumplimiento de las previsiones contenidas en tales acuerdos y demás normativa en vigor, es necesario proceder a la regulación específica que comprenda por un lado normas de carácter general, como son el período de veda y peso mínimo de la especie, y por otro las condiciones conforme a las cuales se va a desarrollar el plan de gestión del pulpo común (Octopus vulgaris).

En consecuencia, de conformidad con el artículo 21.4 la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y con el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno,

R E S U E L V O

Primero.—Aprobar las siguientes normas que regirán la pesca de pulpo común (octopus vulgaris) durante la campaña 2006/2007 en el ámbito territorial del Principado de Asturias y ámbito territorial del plan de gestión.

Segundo.—La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 4 de diciembre de 2006.—La Consejera de Medio Rural y Pesca, Servanda García Fernández.—19.795.

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RESOLUCION de 4 de diciembre de 2006, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se regula la pesca del pulpo común (Octopus vulgaris) durante la campaña 2006/2007.