La antena de la discordia

Tras recoger firmas durante los últimos días, los vecinos de la Isla entregaron en el registro del Ayuntamiento de Colunga más de 80 firmas exigiendo al ayuntamiento la retirada de la antena.

Los vecinos insisten en la retirada de la antena por estar en un lugar próximo a la zona de juegos infantiles, al centro social y a la iglesia de La Isla.

Además como indicábamos hace unas semanas, la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies presentó una denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente, aportando documentación sobre las irregularidades cometidas para instalar la antena:

- Por la ocupación de un bien de dominio público municipal sin autorización o concesión (art. 75 ss. del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales de 1986)

-   Está dentro de la zona de Servidumbre de protección marítimo terrestre, por lo que precisa autorización exigida por el artículo  333 del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias en adelante ROTU decreto 278/2007. No dispone de la preceptiva autorización para el uso y ocupación de terrenos ubicados dentro de la Servidumbre de Protección de la ley de Costas (art. 133 ss del TROTU).

-   La finca donde está instalada está dentro de la unidad de actuación UELS01 y esta supone una actuación en una zona sin desarrollar, por lo que no cabe una actividad en esa zona porque condiciona la ordenación. Al tratarse de Suelo Urbano No Consolidado, no pueden otorgarse licencias en tanto los terrenos no adquieran la condición de solar, según el art. 315.2 del ROTU.

- El Ayuntamiento está obligado a tramitar una licencia urbanística y, según el artículo 572.1.b del ROTU, debe acompañarse al proyecto de las Autorizaciones o informes sectoriales preceptivos, como son los que establece este Real decreto 1066/2001. Esta  carece de licencia urbanística municipal (art.228 del TROTU) y no haberse adoptado por la Alcaldía de Colunga, las medidas sancionadoras y de restauración de la legalidad urbanística (art. 236).