Cristina Coto: “Hemos logrado sacar adelante una propuesta para que el Gobierno simplifique el cálculo de los coeficientes aplicables al valor catrastral, con el fin de que el valor de los inmuebles se ajuste a su valor real  de mercado a efectos fiscales”

“El Gobierno de Asturias calcula los coeficientes con una metodología desconocida y basada en unos supuestos estudios de cuya existencia dudamos”

“Esta medida hará más justo el cálculo de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y sobre Sucesiones y Donaciones, ya que hasta ahora no se contemplaba un valor real de mercado”

“Los actuales coeficientes del Gobierno de Asturias para girar declaraciones obligan al contribuyente a acabar en los Tribunales”

La presidenta de FORO, Cristina Coto, tras la defensa de una Proposición No de Ley relativa al cálculo de coeficientes de aplicación a los bienes inmuebles para la liquidación de impuestos, manifestó que “hemos logrado sacar adelante una propuesta para que el Gobierno simplifique el cálculo de los coeficientes aplicables al valor catrastral, con el fin de que el valor de los inmuebles se ajuste a su valor real  de mercado a efectos fiscales”.

Cristina Coto resaltó que “el Gobierno de Asturias calcula los coeficientes con una metodología desconocida y basada en unos supuestos estudios de cuya existencia dudamos. Esta medida que hemos sacado adelante hoy hará más justo el cálculo de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y sobre Sucesiones y Donaciones, ya que hasta ahora no se contemplaba un valor real de mercado”, y añadió que “los actuales coeficientes del Gobierno de Asturias para girar declaraciones obligan al contribuyente a acabar en los Tribunales”.

Intervención completa de Cristina Coto en el Pleno de la JGPA :

Buenos días Presidente, gracias Señorías.

Esta iniciativa toca una piedra angular del sistema fiscal asturiano, en tanto que determina el importe final de las liquidaciones de varios impuestos y acrecienta las ya insostenibles cuotas derivada de alta presión fiscal asturiana. Queremos dotar de transparencia y simplificar la metodología del cálculo de los coeficientes aplicables al valor catastral, con el fin de que los inmuebles a efectos de los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y Sucesiones y Donaciones se ajuste a la realidad del mercado inmobiliario; es más, solicitamos que todas las Resoluciones de actualización dictadas desde la Consejería de Hacienda y Sector Público vengan acompañadas de los cálculos que soportan dichas modificaciones y de los estudios de mercado utilizados y que han servido de base para supuestamente adecuarse a la evolución del mercado inmobiliario. Simple transparencia, señorías.

En estos dos impuestos, Transmisiones y Sucesiones, el golpe de unos coeficientes por encima del valor real puede ser muy duro:

La base imponible de estos impuestos viene constituida por bienes inmuebles, fundamentalmente viviendas, y la base para calcular el pago puede ser -es una de las opciones- el valor real del bien según la ley, aclarando el Tribunal Supremo que se trata del valor normal de mercado, es decir, el precio que se está dispuesto a pagar, en situación de libre competencia por el bien transmitido, entre dos personas independientes y en una situación de normalidad. Sin embardo, la Ley General Tributaria establece que para calcular este valor real si utilizamos el “precio de compra venta” nos pueden inspeccionar, por lo tanto, para evitar este riesgo, debemos aplicar coeficientes sobre los valores establecidos en catastro. Es decir, la única vía para evitar la inspección es utilizar los coeficientes aprobados por el Decreto del Principado.

Un ejemplo: una casa y un garaje en Cudillero con un valor de mercado de 60.000 euros la vivienda y 6.000 euros la plaza, ese es el valor una vez que, puesto a la venta, hubo demanda. Pues bien, no puedo usar ese “valor real”, porque la legislación me exige para evitar comprobaciones que aplique al valor catastral un coeficiente multiplicador de 2,64 y 2,47 respectivamente, por lo que paso de tener unos bienes con un valor de mercado de 66.000 euros a 98.575 de  “valor  real” según los Servicios Tributarios. ¿Cuál es el problema? Valor más alto, más impuestos para el contribuyente, ¿quién se beneficia? El Gobierno.

Pese a esta realidad no conocemos los datos o estudios que soportan por qué el coeficiente es 2,64 o 2,47 y no 1,33 o 5,12 por poner un ejemplo... pero aún así el Principado dicta y el contribuyente acata, porque si no, se ve abocado a una comprobación con las consecuencias que esta puede tener, como la exigencia de intereses e imposición de sanciones.

Por tanto, ¿Qué tenemos? Unos coeficientes obtenidos de una metodología de cálculo que desconocemos, basados en estudios que si bien han sido solicitados por nuestro Grupo Parlamentario, no han sido remitidos por el Gobierno y hasta de cuya existencia dudamos, ya que las sentencias del TSJA hablan de “falta de motivación” de los mismos y de que ni siquiera se han visitado los inmuebles objeto de las tasaciones. Es decir, cuando estos coeficientes deberían ser un instrumento que contribuyese a la simplificación de las obligaciones tributarias de los ciudadanos y a establecer una mayor seguridad jurídica, les hacen pagar de más, de forma no transparente e incumpliendo la normativa.

En resumen: repito, Valor más alto por imposición del Gobierno, más impuestos para el contribuyente, y beneficio para el Gobierno. Esta jugada ha permitido que incluso aumentara la recaudación de Sucesiones durante la crisis amortiguando el batacazo de los ingresos por transmisiones.

Es decir, estos coeficientes por encima del valor de mercado son utilizados por el Gobierno de Asturias para girar declaraciones, obligando al contribuyente a acabar en los Tribunales, otros pagan y callan aunque sea sobre la base de valores irreales.

Y esto, Señorías, no lo digo yo, lo dice el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que fue quien puso en su sitio a la Administración, anulando liquidaciones de Transmisiones por falta de motivación en los informes de valoración hechos por el Principado en ocasiones hasta sin visitar los inmuebles.

Por eso pedimos que se elabore una Instrucción en la que de forma transparente, se simplifique la metodología contemplada en el Anexo II del Decreto 121/2013, por el que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, a efectos de los Impuestos que antes cité, y a que todas las actualizaciones se soporten en cálculos  y estudios de mercado a disposición del ciudadanos. TRANSPARENCIA Sí, COEFICIENTES COCINADOS Y VALORACIONES DE CORTA Y PEGA PARA OBTENER MÁS INGRESOS PARA EL GOBIERNO, NO.