Leal: “Los vecinos del Alto Nalón necesitan soluciones urgentes para compensar las pérdidas económicas por el argayo de Anzó, y una de ellas es elaborar las normas dirigidas a regular el aprovechamiento lúdico, turístico y deportivo de los embalses de Redes”

“La comarca dispone de infraestructura hotelera, alojamientos y de restauración, reciente y de mucha calidad, la infraestructura de base, pero no ofrece aún un producto turístico singularizado, y regular nuevos usos a los embalses enriquecería esa oferta”

“Teniendo en cuenta que se deben de observar trámites como los de información pública, contactos con organizaciones sectoriales y agentes económicos de la comarca, etc.., y resolver las alegaciones que se formulen, el gobierno va muy justo de tiempo”

Intervención del diputado de FORO, Pedro Leal, en el Pleno de la JGPA tras preguntar sobre el estado de la modificación del Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación de Redes y se aprueba el Instrumento de Gestión Integrada de diversos espacios protegidos en Caso y Sobrescobio, para la aplicación de la Ley del Principado de Asturias 8/1996, de 27 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Redes, modificada el 1 de diciembre de 2017 :

El pasado 1 de diciembre de 2017, esta Junta General, por unanimidad de todos sus miembros, aprobaba la Ley del Principado de Asturias 11/2017, de 1 de diciembre, de segunda modificación de la Ley del Principado de Asturias 8/1996, de 27 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Redes. En esta modificación, se elevaba a rango legal la posibilidad de autorizar actividades relacionadas con el uso público, turismo, silvicultura, ganadería, agricultura, navegación, recreo y deporte en los espacios pertenecientes al Parque Natural de Redes

En particular, el motivo principal de fueron estas últimas actividades:

Máxime teniendo en cuenta que eran prohibidas, restringidas y muy limitadas en la actualidad por el I Instrumento de Gestión Integrada de diversos espacios protegidos de Caso y Sobrescobio, y en consecuencia, al ser este IGI una norma de rango reglamentario, inferior a la modificación legal planteada, provoca que, a día de hoy, lleven seis meses derogadas las limitaciones que establecía el citado IGI.

A su vez, la Disposición Adicional Primera de la mencionada ley 11/2017, establece que desde la administración del Principado de Asturias se procederá a modificar el actualmente denominado Instrumento de Gestión Integrado a fin de dar cumplimiento y regular los usos que autoriza esta modificación legislativa, en el plazo máximo de un año. 

Como decía, ya han pasado seis meses, y desconocemos el estado en que se encuentra la elaboración del Decreto o norma de rango reglamentario al que está obligado el gobierno. Teniendo en cuenta que en esta tramitación se deben de observar trámites como los de información pública, contactos con organizaciones sectoriales y agentes económicos de la comarca, etc.., y reservar un periodo de tiempo prudencial para resolver las alegaciones que se formulen, a mi entender van muy justos de tiempo. Tengan en cuenta que la redacción inicial de la Proposición de Ley establecía para ello un plazo de seis meses, y esta pretensión inicial se aumentó a un año, con un único fin, que el gobierno, por una vez, cumpliera un plazo similar, así que esperamos que no nos defrauden otra vez.

Además, como bien sabe, a las conocidas limitaciones que se tienen en Caso y Sobrescobio para ejercer cualquier actividad económica, se le añade las consecuencias que están padeciendo desde el pasado 22 de marzo, fecha en la que aconteció el desprendimiento o argayo de Anzó, que como bien conoce, cortó la AS-117 dejando varias semanas el concejo de Caso prácticamente incomunicado, y que hace unas fechas se habilitó un paso provisional.

Los empresarios, hosteleros, hoteleros y emprendedores del municipio de Caso declararon a principios de mayo que sus pérdidas ascendían ya al millón de euros debido al menor volumen de ventas, al incremento de los costes de explotación de los negocios, motivado por la situación de cuasi-aislamiento que padecen, fundamentalmente por el transporte de mercancías imprescindibles para sus negocios y actividades que están soportando también

Estos mismos empresarios han afirmado públicamente que el paso provisional, aunque otorga soluciones provisionales a los vecinos de la zona, resulta insuficientes para cualquier tipo de actividad económica, sobretodo la relacionada con el turismo o la hostelería.

Por tanto, con independencia de las ayudas o indemnizaciones que los vecinos y titulares de establecimientos que desempeñan actividades económicas en Caso y Sobrescobio tengan derecho, se pueden tomar medidas dirigidas a compensar las consecuencias negativas derivadas del argayo de Anzó, y las actuaciones para el normal restablecimiento de la circulación por la AS-117, y en conclusión, que los vecinos del Alto Nalón necesitan soluciones urgentes para compensar las pérdidas económicas por el argayo de Anzó, y una de ellas es elaborar las normas reglamentarias dirigidas a regular el aprovechamiento lúdico, turístico y deportivo de los embalses de Redes al efecto de que puedan generar más actividades económicas en la zona, regulación que permitiría en fechas próximas ordenar potenciales posibilidades que ofrece el uso de los pantanos Tanes y Rioseco son múltiples: baños, pesca deportiva, observación de aves, canoas, piragüismo, remo, siempre en zonas delimitadas y compatibles con el desarrollo sostenible, y que no ocurra, por ejemplo, la masificación que acontece en el río Sella en época estival, y con ello, acabar de una vez por todas la discriminación que se sufre en Asturias con respecto a otros embalses que sí pueden ser utilizados para su uso diverso.

La situación de la comarca, agravada por las consecuencias del argayo de Anzó, es que dispone de infraestructura hotelera, oferta de alojamientos y de restauración, reciente y de mucha calidad, cerca de mil plazas, la mayoría de ellas en el parque natural; pero solo posee eso, la infraestructura de base, no ofrecen aún un producto turístico singularizado. No acaba el Parque de Redes de pasar de un destino incipiente a consolidarse como destino turístico, porque camas y restaurantes simplemente no hacen de un territorio un destino. 

En conclusión, no ofrece el territorio muchas alternativas a que la estrategia y la gente sigan generando gasto en las familias y en las personas que lo visitan, más allá del simple alojamiento o de la simple manutención. Es demasiado escaso el rendimiento que le estamos sacando al sector. Las plazas hoteleras son de mucha calidad, con un esfuerzo inversor por parte los empresarios muy firme, muy importante y, sin embargo, las empresas del sector turístico no acaban de ser competitivas como en otras zonas de Asturias y de España. 

Se debe elaborar este reglamento para colaborar la tejido económico de la zona a que puedan obtener la rentabilidad necesaria de sus establecimientos para que sigan impulsando con fuerza los sectores socioeconómicos para que la comarca se consolide como destino turístico. 

Tenemos que hacer más atractivo el territorio, y para ello es imprescindible el aprovechamiento directo de sus recursos naturales, y hay recursos para ello, y esto pasa ineludiblemente por permitir la navegación en los pantanos de Redes.

El derecho al uso de los recursos naturales a nuestro alcance, en aras del bien general de la comunidad, es imprescindible, y dadas las circunstancias singulares que padecen en Alto Nalón, les conminamos a que procedan a elaborar con la mayor celeridad posible la regulación correspondiente que permita la navegación en los embalses de Tanes y Rioseco, entre otros usos, para permitir un uso racional y consensuado de estas instalaciones naturales cuya explotación empresarial o profesional contribuya a paliar una de las lacras que azotan esta comarca, que es la falta de oportunidades laborales y la despoblación.