A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Cabranes, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2013, adoptó el siguiente acuerdo sobre indemnizaciones

Primero.—La derogación de los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento en sesiones celebradas los días 22 de septiembre de 2011 y 22 de junio de 2012.

Segundo.—La modificación del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2011, en relación con las dietas por asistencia de los órganos colegiados del Ayuntamiento: Plenos y Comisiones informativas, en los siguientes términos:

1. Concejales con competencias delegadas y/o Tenientes de Alcalde: 50,00 € por cada asistencia.

Tercero.—La retribución del cargo de Alcalde será la siguiente:

Retribución mensual: 800,00 €.

Dedicación parcial, no exclusiva:

Veinte horas semanales.

Alta en la Seguridad Social.

Dos pagas extraordinarias en junio y diciembre por el importe de la retribución mensual.

La indemnización por importe de 50,00 euros diarios por el desempeño de la Alcaldía en los supuestos de delegación previstos en la Ley, hasta el máximo de la retribución mensual de la Alcaldía.