El Gobierno modifica los códigos del Carnet de Conducir para adaptarse a Europa

Desde el 1 de enero, el nuevo permiso de conducción, es igual para todos los países miembros de la Unión Europea y se denomina “Permiso de conducción de la UE” en base a la Directiva 2011/94/UE de 28 de noviembre de 2011 sobre la conveniencia de adaptar las nuevas autorizaciones válidas para conducir en la Unión Europea. El conducir vehículos de motor y ciclomotores está sujeta a determinadas limitaciones, adaptaciones o restricciones relacionadas, unas veces, con la propia autorización o la persona titular de la misma, y otras, con el vehículo o la circulación. 

Todas estas circunstancias tienen que constar en el permiso de conducir mediante la inscripción de unos códigos, tanto para conocimiento del propio conductor que, en su caso, ha de amoldar su comportamiento a las mencionadas anotaciones, como de la propia administración.

El Gobierno ha aprobado una Orden Ministerial, que entrará en vigor el 1 de enero de 2017, para adaptar nuestra normativa a la Directiva comunitaria que armoniza los códigos del permiso de conducir en toda la Unión Europea.

Todos los permisos de conducción expedidos con anterioridad a esa fecha seguirán siendo válidos hasta que expire su vigencia, o sean sustituidos por un nuevo permiso con ocasión de cualquier otro trámite reglamentario.