En virtud de las competencias que me confiere el artículo 21 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, por decreto de esta Alcaldía, de fecha 18 de abril de 2007, he resuelto lo siguiente:
Primero.—Revocar la competencia delegada a favor de la Junta de Gobierno Local para la aprobación de los instrumentos de gestión urbanística en este supuesto concreto, y ello motivado en la necesidad de reducir los plazos de tramitación y de aprobación del expediente. La presente revocación será publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma, dándose cuenta al órgano municipal colegiado referenciado en la primera sesión que celebre.
Segundo.—Aprobar inicialmente el proyecto de compensación (procedimiento de actuación conjunto), formulado por el Abogado colegiado Sr. Rodríguez Velásquez, y suscrito por la totalidad de los propietarios para el ámbito del SAU CL 06-A.
Tercero.—Abrir un período de información pública por plazo de un mes, con publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma, al efecto quienes ostenten la condición de interesados en el expediente, puedan formular las alegaciones, observaciones o sugerencias que estimen oportunas en defensa de sus derechos.
Cuarto.—Declarar de manera expresa suspendidas en el ámbito cualesquiera licencias de parcelación y/o edificación en la totalidad del ámbito en tanto no se resuelva definitivamente el procedimiento iniciado.
Quinto.—Dar traslado del presente acuerdo al Registro de la Propiedad de Villaviciosa, de modo se expida certificado de titularidad y cargas de las fincas incluidas en el ámbito del proyecto, extendiéndose sobre las mismas nota marginal en los términos del artículo 102 del Real Decreto 3288/1978, por el que se aprueba el Reglamento de gestión urbanística.
Sexto.—Requerir a los promotores al efecto, procedan a modificar el proyecto objeto del expediente en los términos señalados en la parte expositiva del presente decreto, con expreso apercibimiento de caducidad (y archivo de las actuaciones), si no se hubiera subsanado lo exigido en el plazo de tres meses.
Séptimo.—Notifíquese el presente acuerdo de manera individualizada a la totalidad de los propietarios que constan en el expediente administrativo: Entrecuetos, S.L., don Manuel Rodríguez Velázquez y doña María Teresa Menéndez Villa, don Amador Menéndez Felgueroso y doña Elvira Villa García.
Colunga, 18 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.425.
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