Actuaciones inspectoras en relación con el cumplimiento por las empresas del permiso retribuido obligatorio contemplado en el RD 10/2020

El criterio D.G.Trabajo de 31 de marzo de 2020, que es la interpretación del RD 10/2020 de 29 de marzo, y que contiene el permiso obligatorio (del 30 de marzo hasta el 9 de abril) para los trabajadores por cuenta ajena que prestan sus servicios en actividades “no esenciales”, sobre el resto de las medidas que la empresas pueden tomar en ese periodo: expedientes de regulación de empleo temporales por fuerza mayor y productivos. La instrucción versa sobre las posibles actuaciones inspectoras en relación con el cumplimiento por las empresas del permiso retribuido obligatorio contemplado en el RD 10/2020

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