Tradicionalmente el tráfico urbano se ha disciplinado jurídicamente en nuestro país diferenciando peatón y vehículo de motor. Al primero se le asignaba como espacio natural las aceras y al segundo las calzadas. Sobre esta separación se establecieron las principales normas de tráfico que rigen en las ciudades, como las relativas a restricciones, señalización, prioridades de paso, prohibiciones, etc.

Las nuevas tecnologías han favorecido la aparición de soluciones de movilidad urbana que facilitan los desplazamientos peatonales mediante el auxilio de nuevos modelos de vehículos que rompen la tradicional división peatón/vehículo de motor. Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, en algunos casos se mueven a una mayor velocidad que los peatones, algunos alcanzan los 60 km/h, y carecen hasta el momento de un espacio propio en las vías, lo que genera situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios. “Existe un vacío legal en este ámbito y creemos que tenemos que anticiparnos regulando su uso para garantizar la seguridad ante posible malos usos de los patinetes eléctricos” afirma la edil.

Actualmente la autoridad municipal tiene la posibilidad de autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias. Al no estar catalogados como vehículos a motor, la ausencia de normativa específica permite que los usuarios de los patinetes eléctricos puedan circular sin permiso o licencia de conducción, sin estar tampoco obligados a contratar póliza de seguro que cubra las posible contingencias de la circulación por las vías públicas.

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