“La consejera carece de la menor intención de ordenar la conservación del patrimonio asturiano y sigue interviniendo a golpe de ocurrencias”

“El proyecto de Reglamento General que se encuentra en tramitación no desarrolla normativa alguna en cuanto al patrimonio etnográfico”

La diputada de FORO en la Junta General María del Mar García Poo ha presentado una batería de preguntas para que el Gobierno de Javier Fernández explique qué actuaciones está llevando a cabo para conservar los molinos que aún hay en Asturias; qué proyectos tienen al respecto; los estudios o inventarios que hay sobre estas construcciones; cómo se va a actuar al terminar el ciclo económico-cultural; cómo se asiste a los propietarios que desean conservarlo y qué información tiene la Consejería sobre los molinos de mar.

García Poo denuncia que “la conservación de importantes molinos asturianos está seriamente amenazada por la desatención de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte” y solicita “programación, catálogos, estudios o bases de datos que inicien un camino continuista con proyectos de futuro”.

Para la diputada, “la consejera carece de la menor intención de ordenar la conservación del patrimonio asturiano y sigue interviniendo a golpe de ocurrencias”. “Los molinos están protegidos y al acabar su ciclo económico-cultural habrá que salvar los mejores, el resto quedará a expensas de sus propietarios”, añade.

“Los particulares que poseen un molino y tienen interés en preservar el legado recibido, sus usos y costumbres y se encuentran con dificultades por la falta de colaboración por parte de la Consejería”, destaca García Poo.

Además, la diputada señala que “no es sólo que no se disponga de dotación presupuestaria para ayuda al mantenimiento, ni que se pongan como deben, los técnicos al servicio de la ciudadanía, es que los impedimentos son más comunes de lo que se piensa por parte de los socialistas al frente de la Consejería de Educación Cultura y Deporte”.

“La Ley del Principado de Asturias,1/2001 de 6 de marzo de Patrimonio Cultural, modificada por la Ley del Principado de Asturias 8/2010, en su Disposición Transitoria Tercera, Protección preventiva de bienes dice que: ‘con vistas a su protección preventiva, los bienes a que hace referencia el apartado 2 de esta disposición transitoria quedan sometidos al régimen de los bienes incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo que expresamente la Consejería competente en materia de cultura deseche su inclusión. El Principado de Asturias adoptará las medidas precisas para que antes de que finalice el mencionado plazo se haya producido la inclusión individualizada en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias de cuantos bienes reúnan los méritos y condiciones para ello’”, destaca García Poo.

La diputada también recuerda que en el punto se dice que “en tanto no se proceda a su estudio individualizado o se proceda a la aprobación de los Catálogos urbanísticos de protección que incluyan los elementos de interés etnográfico de los concejos correspondientes, quedan acogidos al régimen de protección integral, tal como este se contempla en la legislación urbanística, los siguientes elementos:

a) Hórreos, paneras y cabazos de construcción anterior a 1940 que conserven su fisonomía tradicional y su vinculación al entorno propio.

b) Edificaciones de cubierta vegetal.

c) Ferrerías antiguas. Molinos, mazos y batanes”.

Por último, García Poo concluye destacando que “el proyecto de Reglamento General que se encuentra en tramitación no desarrolla normativa alguna en cuanto al patrimonio etnográfico”.