“Los consejeros socialistas y el director general repiten los métodos empleados en la Fundación Niemeyer, incumplen la legislación vigente y pretenden que la Junta General del Principado que nos ha nombrado para garantizar la legalidad y la transparencia conozca lo que ocurre en la gestión de la TPA”

“Los contratos de asesoramiento jurídico celebrados por la TPA se formalizaron con el abogado Eduardo Fernández Prieto, que comparte despacho profesional con el marido de la  Secretaria General del Ente, que permanece de baja desde que presentamos nuestras denuncias en el Consejo de Administración”

“Los socialistas y el director general nos niegan ahora la contabilidad con peregrinos pretextos en lo que no es ni más ni menos que un insulto a la Juta General del Principado que nos ha nombrado para cumplir con esa función”

El consejero de FORO en RTPA Juan Vega ha denunciado, en nombre del Grupo de consejeros designados por la Junta General del Principado en representación de FORO y ante los medios de comunicación, “la vergonzosa situación en la que nos encontramos, pues el Director General, Antonio Virgili, y los socialistas nos niegan el acceso a la contabilidad para que no podamos con los datos que necesitamos para acudir a la Justicia a denunciar diversas irregularidades de las que hemos tenido conocimiento. El hecho es que a pesar de haber sido nombrados consejeros por la Junta General del Principado, que nos ha encomendado las labores fiscalizadoras que la Ley prevé para nuestra función, nos encontramos con que el director general Virgili y los socialistas que le apoyan en sus maquinaciones, intentan impedirnos esa labor negándose a entregarnos la contabilidad, por lo que la dirección de TPA nos obliga por segunda vez a recurrir a la vía judicial para que los consejeros de la sociedad conozcamos la contabilidad que están ocultando sistemáticamente para obstruir nuestra labor de fiscalización”.

Vega añadió que “les recordaré los acontecimientos que dieron motivo a esta asombrosa negativa. Los consejeros de FORO descubrimos que el director general, señor Virigili, había ocultado al Consejo de Administración relevante información judicial con numerosas sentencias, 28 nada menos, que dejaban en ridículo a la dirección del Ente y a los socialistas, pues la Justicia daba la razón en todas ellas al Gobierno de FORO en su actuación en la TPA. Al pedir las correspondientes explicaciones, nos encontramos con que la solución que buscaron fue censurar y ocultar nuestras denuncias. En el Consejo de Administración del pasado 10 de marzo, y cuando recibimos la documentación del mismo, comprobamos con no poca sorpresa, pues en ese momento se nos comunicó, que la Secretaria General Técnica que se nos dijo en ese momento que estaba de baja, había realizado, para su aprobación, un Acta referida al Consejo celebrado el 10 de febrero, un mes antes, en el que habíamos denunciado su actuación y pedido las oportunas responsabilidades. El propio Director General del ente público nos confirmó que aquel acta había sido elaborada por la Secretaria General, Ana Lada Ferreras, a pesar de encontrarse ésta de baja desde un mes antes. Los consejeros socialistas y el director general repiten los métodos empleados en la Fundación Niemeyer, incumplen la legislación vigente y pretenden que la Junta General del Principado que nos ha nombrado para garantizar la legalidad y la transparencia conozca lo que ocurre en la gestión de la TPA”. 

Explica el consejero que “en aquel acta redactada en tan singulares circunstancias, se omitieron todas y cada una de las intervenciones realizadas por los Consejeros de FORO, censura que falsea el contenido del debate que allí se entabló a base de suprimir las críticas que los citados Consejeros efectuaron hacia la gestión de los directivos del Ente Público de Comunicación, especialmente hacia el Director General y la susodicha Secretaria General. Ese Acta del Consejo de 10 de febrero que aparece como redactada por la Secretaria General, a pesar de encontrarse de baja, y a causa sobre todo de su intolerable contenido censor, trajo como consecuencia que votásemos en contra de su aprobación y anunciásemos actuaciones inmediatas contra tanto despropósito. En ese momento empezamos a requerir la entrega de la contabilidad para comprobar con los documentos los graves asuntos que habíamos denunciado y poder actuar. La secretaria llevaba un mes de baja -y sigue a día de hoy- después de que en aquel consejo se produjese una gran y necesaria polémica abierta con motivo de los contratos de asesoramiento jurídico celebrados por la TPA y RPA con el abogado Eduardo Fernández Prieto, que comparte despacho profesional con el marido de la repetida Secretaria General, y que entre otros asuntos fue el encargado de asistir como letrado al ente público de comunicación (TPA, RPA y Productora de Programas del Principado) en aquellos 28 procesos judiciales que ese ente público entabló y perdió contra el Gobierno del Principado de Asturias, entonces presidido por Francisco Álvarez-Cascos. Hablamos de todo un aluvión de pleitos que formaron parte de una antidemocrática y deplorable ofensiva contra nuestro legítimo gobierno, al que se intentó desestabilizar desde la TPA, de una manera tan injusta e incalificable, que permanece de manera imborrable en la memoria de las buenas gentes de Asturias. Que el despacho del marido de la Secretaria General fuese el encargado de tal actuación, en una contratación a nuestro juicio plenamente irregular, explica muchas cosas que ocurrieron en aquel entonces”.

“Desde entonces, es decir, desde hace más de cuatro meses, el director general y el resto de miembros del consejo de administración, intentan escapar de sus responsabilidades negándonos el acceso a la contabilidad del ente público y sus sociedades mercantiles (TPA, RPA, Productora), para poder confirmar y documentar nuestras sospechas y actuar en consecuencia. Es decir, nos niegan la documentación que necesitamos para para poder ejercer la labor de control que nos ha sido encomendada como Consejeros designados por la Junta General del Principado de Asturias. Como saben que necesitamos esta documentación para actuar contra ellos, se refugian en todo tipo de pretextos, alegando de manera sistemática y contumaz que los consejeros de la TPA no podemos acceder a esa documentación en virtud de las disposiciones de la Ley de Protección de Datos, basándose para ello en informes internos y externos que esgrimen como pretexto. Ante lo inaceptable de tanta maniobra para seguir dilatando la entrega de la contabilidad con los trucos tan habituales en los socialistas para establecer el imperio de la opacidad en las administraciones que gestionan, en el curso del consejo de administración celebrado el pasado martes, se celebró una votación definitiva, en la que los representantes del PSOE, amparados en informes encargados ad hoc por el director general, señor Virgili, incluido uno de un secretario general técnico en funciones nombrado por él mismo, ignoramos en qué condiciones -para cubrir la prolongada ausencia de la señora Lada-, nos han negado nuevamente el libre acceso a la contabilidad, alegando otra vez la susodicha ley de protección de datos, como si los miembros del Consejo de Administración fuésemos terceros extraños al Ente Público de Comunicación, con olvido de que la Televisión pública asturiana se nutre del dinero de todos los asturianos, por lo que sus Consejeros deben ser vigilantes en el control de su buena administración. Negarnos ese acceso es condenarnos a ser convidado de piedra, sin facultades ni derechos de fiscalización y control del destino de los fondos públicos que allí se gestionan”.

“Las sociedades anónimas”, matiza, “están obligadas a poner las cuentas a disposición de los accionistas. Con cuánto más motivo, un ente público, que gestiona tres sociedades anónimas (TPA, RPA y Productora de Programas del Principado), tendrá que poner la contabilidad a disposición de los consejeros nombrados por la Junta General del Principado para controlar su gestión. Nos encontramos así con la aberración de que funcionarios nombrados por representantes políticos niegan a los políticos que tienen encomendado su control, que estos ejerzan sus funciones.  Ante esta situación, los representantes de FORO en la TPA estamos obligados a actuar judicialmente sin más dilaciones contra quienes nos niegan nuestro derecho y nuestra obligación de acceder a las cuentas de la TPA y demás sociedades mercantiles del Ente Público para conocer de primera mano el destino de los dineros públicos y, en su caso, denunciar si hubiera lugar a ello, como sería nuestra obligación, las irregularidades que pretendemos acreditar con los documentos en la mano. De esta manera, y ante esta forma de actuar tan contraria a la más elemental transparencia, como necesitamos la contabilidad para poder formalizar nuestras denuncias, hemos encomendado a nuestros servicios que presenten una nueva acción judicial contra la TPA -y van dos- para que sea la Justicia la que les obligue a entregarnos lo que nos niegan de manera tan desvergonzada”.

Abunda Vega que “la férrea negativa al acceso a la contabilidad no hace más que incrementar los recelos y sospechas sobre la correcta gestión del dinero consumido, que, desde su creación ha sido de decenas de miles de millones de las antiguas pesetas, dándose la paradoja que desde que el entonces Gobierno de FORO restringió a casi la mitad el dinero anual destinado al Ente Público se mantuvo esa restricción presupuestaria por el también gobierno del PSOE en los últimos ejercicios presupuestarios, y no obstante haberse incrementado la plantilla de trabajadores, continúa perviviendo el Ente con niveles de audiencia que son continuamente recordados como muy buenos por la propia Dirección, de forma que nos gustaría saber, entre otras cosas, por qué antes se gastaba el doble que ahora y en qué se gastaba. Estamos hablando de miles de millones de las antiguas pesetas de diferencia entre lo que costaba la TPA antes de que llegase FORO al Gobierno de Asturias y lo que pasó a costar después”. 

El voto particular presentado esta mañana por los cuatro consejeros de Foro: Los abajo firmantes discrepan radical y absolutamente del acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria del Consejo del Ente Público de Comunicación celebrada con fecha 8 de julio de 2014, en relación con el punto 5 del orden del día (“Libro Mayor del EPCPA y sus sociedades de los años 2008 a 2013”), y en cuya virtud se nos dará vista del Libro Mayor con las restricciones sugeridas en una suerte de “Nota Informativa” suscrita por D. Aladino Díaz Expósito en calidad de “Jefe del Servicio Jurídico y Control Interno” a la (aparente) luz de un Informe de Pwc de 12 de junio de 2014.

A nuestro juicio, es inadmisible que precisamente desde que el pasado 10 de marzo nos negásemos categóricamente (a través también del oportuno voto particular) a dar a nuestro aprobación a un acta inveraz de la cruz a la raya (el acta del Consejo de 10 de febrero de 2014), el Director General y el Consejo de Administración nos nieguen reiteradamente el acceso a la contabilidad, nos impidan ejercer la labor de control encomendada por la Junta General del Principado y se permitan hacerlo además en razón a un pretexto tan vago e inconsistente como la legislación de protección de datos, que parece ser no ya la purga de Benito sino, más bien, el traje nuevo del emperador que no alcanza a cubrir la impúdica desnudez de una argumentación jurídica que mueve por igual al sonrojo y la conmiseración para con quien se ve en la odiosa tesitura de tener que suscribirla. 

En este sentido, y en contra lo que podría deducirse de una primera y rápida lectura de la referida “Nota Informativa” resulta de gran interés y utilidad el análisis del Informe de Pwc de 12 de junio de 2014, ya que el mismo no hace sino ratificar en términos indubitados el derecho de los miembros del Consejo de Administración del Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias para acceder, sin cortapisas, al Libro Mayor del Ente Público y de sus sociedades participadas al cien por ciento, correspondientes, a su vez, a los ejercicios 2008 a 2013.

Así, no cabe más que compartir la afirmación que se hace en el citado informe a propósito del derecho de los administradores de las sociedades de capital a acceder a la contabilidad de las sociedades por ellos administradas, algo que, además de lo afirmado por tal informe deriva del deber de información de los administradores, reconocido unánimemente en la doctrina y por la jurisprudencia (así por ejemplo, con consideraciones del todo aplicables a los consejeros de un ente público, la reciente Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 19 de septiembre de 2013 (Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena) y que ya está previsto tenga plasmación legal en la nueva redacción propuesta para el artículo 225.3 de la Ley de sociedades de capital por el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley de sociedades de capital para la mejora del gobierno corporativo, actualmente tramitándose en el Congreso de los Diputados. Recordar, a este efecto, que el citado artículo 225.3 de la Ley de sociedades de capital proyectado dice: ‘En el desempeño de sus funciones, el administrador tiene el deber de exigir y el derecho de recabar de la sociedad la información adecuada  necesaria que le sirva para el cumplimiento de sus obligaciones’.

Evidentemente, pretender invocar frente a ello la legislación de protección de datos carece de otro sentido que no sea el de buscar un pretexto, sea el que sea, para defender lo indefendible, pues no cabría hablar de información si el objeto de la misma fuesen datos anónimos o, menos aún, si simple y llanamente se pretendiera negar bajo tan endeble y forzado argumento el acceso a la información.

 A partir de aquí es evidente que si a alguna institución jurídica se puede asimilar el Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias referido es a una sociedad de capital pues:

 a)      Su actividad es esencialmente económica;

 b)     Y se desarrolla a través de sociedades prototípicamente capitalistas, esto es, a través de tres Sociedades Anónimas unipersonales en las que el Ente Público es su socio único.

 Es, por tanto, un palmario fraude de ley pretender que el Ente Público fuese una muralla infranqueable a sus Consejeros para impedir que los mismos conozcan las cuentas de las sociedades de capital en las que el mismo es su socio único.

 No obstante, a efectos discursivos puede darse incluso un paso más, y plantear, repetimos que a efectos polémicos, lo que dice el meritado informe de 12 de junio de 2014 para interpretar que el Ente Público no fuese una sociedad de capital, atendiendo en este caso a las competencias que el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias de 17 de marzo de 2003 atribuye a su Consejo de Administración. Pues bien, en tal caso, hacemos nuestro el argumento del informe de Pwc cuando el mismo entiende que si el Consejo de Administración tuviese competencias y responsabilidades sobre la gestión económica sus consejeros tendrían derecho de información sobre su contabilidad y la de sus sociedades participadas

Y en tal sentido basta leer el artículo 7 de la citada Ley de 17 de marzo de 2003, para apreciar que existen numerosas competencias de índole económica y presupuestar atribuidas al Consejo de Administración del Ente Público, tales como las reflejadas en las letras e), g), h), i), ñ), entre otras

La conclusión es, pues, que aun siguiendo el argumento del informe de Pwc, como las competencias del Consejo de Administración son de índole presupuestaria y económica hay que entender inesquivablemente que sus miembros deben tener pleno acceso a la contabilidad del Ente Público y de las sociedades integradas en su grupo y participadas al cien por ciento por el mismo, razón por la cual los abajo firmantes votan en contra de la arbitraria cercenación de ese derecho que comporta el Acuerdo adoptado el pasado martes día 8 por el Consejo de Administración y se reservan desde este mismo instante las acciones legales pertinentes en punto a hacer valer tal derecho plenamente sin limitaciones y cortapisas huérfanas de una apoyatura jurídica digna de ser tomada seriamente en consideración.

 Gijón, 10 de julio de 2014

 

Fdo. D. Félix Fernández Rodríguez                   Fdo. D. José Manuel Fernández Lavandera         Fdo. D. Adrián Lagar Menéndez                  Fdo. D. Juan José Vega Alonso