El Ministerio de Industria amplia el ámbito de investigación a gran parte de la costa oriental, entre Villaviciosa y Ribadesella

ALEGACIONES:

Dirección General de Política Energética
Subsecretaría General de Energía
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Paseo de la Castellana, 160
28071 Madrid

 ALEJANDRO VEGA RIEGO, mayor de edad, con D.N.I. nº 09.414.972-Z, en su calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Cabranes (Principado de Asturias), y en su representación, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Jesús Arango, 4 33001, de Santolaya de Cabranes (Asturias), ante esta Dirección General, comparece y como mejor en derecho proceda, DICE:
 
1. Que el BOE Número193, del lunes 13 de agosto de 2012, publica la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas,  del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, referida a las solicitudes de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Cuélebre 1» y «Cuélebre 2», expedientes n.º 1.671 y 1.672, solicitados por la empresa “Oil and Gas Capital, S.L.”, el 11 de mayo de 2011.
2. Que la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, establece en su artículo 3 que corresponde a la Administración General del Estado, en los términos previstos en dicha Ley, otorgar los permisos de investigación de hidrocarburos cuando su ámbito comprenda a la vez zonas terrestres y del subsuelo marino como es este caso.
3. Que en virtud de la documentación recibida y la normativa vigente, este Ayuntamiento, entiende que, desde su perspectiva de tramitación ambiental, si bien el proyecto se sitúa fuera de lo estable¬cido en los anexos del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, el proyecto referido debería someterse a Evaluación de Impacto Ambiental. Al no hacerlo, esta asociación se considera perjudicada en su derecho, por lo que formulamos nuestra oposición a la concesión de dicho permiso, al tiempo que solicitamos que el proyecto referido se someta a Evaluación de Impacto Ambiental por las siguientes razones:

PRIMERA. La mejor manera de asegurar un procedimiento riguroso y transparente es someterlo al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Tal y como establece la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos en su exposición de motivos “La evaluación de impacto ambiental constituye el instrumento más adecuado para la preservación de los recursos naturales y la defensa del medio ambiente”, introduciendo la perspectiva medioambiental en la toma de decisiones sobre proyectos con incidencia importante sobre el medio ambiente, como es el caso.
La necesidad de la Evaluación de Impacto Ambiental se hace aun más necesaria en el caso de los permisos solicitados en estos último tiempos, ante la esperanza de que las nuevas tecnologías, de perforación horizontal o de fractura hidráulica, hagan rentables proyectos que anteriormente no lo eran, por lo que mientras no se garantice lo contrario entendemos que nos encontramos ante un proyecto de búsqueda de hidrocarburos que posteriormente serán extraídos mediante la técnica de fractura hidráulica.
La necesidad de la Evaluación de Impacto Ambiental es debida al hecho de que se trata de una técnica nueva en el Estado español, y en Europa en general, y que la experiencia en EE.UU. parece estar detrás de importantes daños al medio ambiente y a la salud, como se recoge en diferentes estudios.
En el informe “Impactos del gas y petróleo no convencional para el medioambiente y la salud” realizado para el Parlamento Europeo  se reconoce que no existe en Europa una normativa detallada, exhaustiva y accesible públicamente del marco regulatorio acerca de la extracción del gas de esquisto y la necesidad de que ésta se desarrolle. El informe recoge expresamente la necesidad de que sea revisada la Directiva Marco en materia de aguas y los posibles impactos de la fractura y propone que se valore la prohibición del uso de químicos tóxicos, o al menos, recomienda que la composición exacta de los mismos sea revelada. En este contexto la Evaluación de Impacto Ambiental debería realizarse de la forma más detallada posible, ya que no podemos remitirnos a una normativa ni a una experiencia previa que determine los riesgos medioambientales y para la salud, ni a las medidas correctoras más oportunas.
Evidencias a partir de la experiencia de EEUU sugieren que la extracción de gas de esquisto, y otros gases no convencionales, comporta un riesgo significativo de contaminación del agua subterránea y superficial y, hasta que la base de estas evidencias se desarrolle, una aproximación preventiva a su desarrollo en Europa es la única acción responsable.
SEGUNDA. El art.3.2 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos establece que la decisión de sometimiento a evaluación ambiental deberá ser motivada y “se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III”.
Analizando los criterios recogidos en el mencionado Anexo III argumentamos, a continuación,  la necesidad de la evaluación de impacto ambiental.
Las características de los proyectos que han de considerarse para determinar la idoneidad de la Evaluación de Impacto Ambiental, desde el punto de vista de:
El tamaño del proyecto: aunque en este caso estamos hablando de permisos de investigación, el tamaño total de la superficie afectada es muy importante, de más de 37.000 Ha, por lo que, de obtenerse un resultado positivo, y de aplicarse técnicas de perforación por fractura hidráulica, el número de pozos de explotación será muy elevado.
La acumulación con otros proyectos: además de lo mencionado en el punto anterior sobre la necesidad de considerar el permiso de investigación en su conjunto; hay que tener en cuenta que el número de permisos de investigación solicitados en el Principado de Asturias; además de los existentes en otras provincias próximas; es elevado, por lo que la afección de territorio es muy importante.
La utilización de recursos naturales: Por un lado hay que hablar de la elevada ocupación del territorio debido a las plataformas de perforación, aparcamientos y áreas de maniobras para camiones, equipamiento, procesado del gas e instalaciones de transporte, así como carreteras de acceso. En el informe Tyndall Center  analiza está cuestión y concluye que además el subsuelo de las zonas explotadas quedaría inservible para ningún otro uso posterior.
Por otro, el uso del agua para la fractura hidráulica es importante, no solo por la cantidad de agua necesaria sino porque además puede haber contaminación de la misma. Uno de los impactos reconocidos en el informe elaborado por Tyndall Center es el sobreconsumo y el agotamiento de los recursos hídricos.
La generación de residuos, principalmente de aguas y lodos contaminados.
Contaminación y otros inconvenientes. Posibles impactos graves son las emisiones a la atmósfera de contaminantes, contaminación de aguas subterráneas, debidas a caudales de fluidos o gases debidos a escapes o vertidos, fugas del líquido de fracturación, y descargas no controladas de aguas residuales.
Los fluidos para la fractura contienen sustancias peligrosas, y el flujo que se obtiene después de la fractura además contiene puede contener metales pesados y materiales radiactivos procedentes del yacimiento.
El riesgo de accidentes, considerando en particular las sustancias y la tecnología utilizadas. La experiencia de los Estados Unidos nos enseña que se producen muchos accidentes, los cuales pueden ser dañinos para el medio ambiente y para la salud humana. Las violaciones de requisitos legales documentadas ascienden a un 1-2% de todos los permisos de perforación (en una legislación mucho menos restrictiva que la europea). Muchos de estos accidentes son debidos a tratamientos incorrectos o equipos con fugas. Además, la contaminación de aguas por el metano, en casos extremos puede producir explosiones, y el cloruro de potasio lleva a la salinización de aguas potables, como ha sido recogido en las cercanías de pozos de gas.
Ubicación de los proyectos. Sensibilidad medioambiental de las áreas geográficas que puedan verse afectadas por los proyectos. Como premisa previa se hace necesario señalar el hecho de que el permiso de investigación se hace con el fin de determinar la existencia de gas y la rentabilidad económica de su extracción. Esto quiere decir que no se trata únicamente de poner en marcha este permiso, sino de establecer la idoneidad de realizar una explotación futura de hidrocarburos mediante la técnica de la fractura hidráulica.
El territorio que se vería afectado por el permiso de investigación, y posterior permiso de explotación en caso de ser aprobado, tiene un alto valor paisajístico y ecológico, incluyendo áreas de montaña y de bosque, así como zonas con diversos grados de protección, como el Yacimiento de Icnitas, la Ría de Villaviciosa, la Cueva de Lloviu, la Sierra del Sueve, Entrepeñes y Playa de Vega y Cueva Rosa. Todo ello con un impacto, a nuestro juicio crítico, en toda la comarca oriental de Asturias en la que se enclava este municipio
Características del potencial impacto: los potenciales efectos significativos de los proyectos. Además de lo señalado en los puntos anteriores cabe señalar aquí los siguientes aspectos:
• La magnitud y complejidad del impacto.
• La probabilidad del impacto.
• La duración, frecuencia y reversibilidad del impacto.
En los tres puntos hay que recordar las dudas que, sobre esta técnica vienen trasladando desde EE.UU. las poblaciones afectadas, así como por diferentes estudios. Parece innegable el hecho de que se producirían impactos importantes para el medio natural y la salud humana, daños que una vez se produzcan no podrán ser eliminados. Por lo que se hace aconsejable la evaluación de impacto ambiental, que determine si es aconsejable o no el uso de esta técnica, a priori peligrosa.
En unos tiempos en que la sostenibilidad es la clave de futuras operaciones, se puede cuestionar si la inyección subterránea de productos químicos tóxicos debería ser permitida, o si debería ser prohibida, ya que tal práctica podría restringir o excluir cualquier uso posterior de la capa contaminada (p. ej. para propósitos geotérmicos), ya que los efectos a largo plazo no han sido investigados. En un área activa de extracción de gas de esquisto, se inyectan sobre 0,1-0,5 litros de productos químicos por metro cuadrado. Esto cobra más importancia, ya que los yacimientos potenciales de gas de esquisto son demasiado pequeños para tener un impacto sustancial en la situación del suministro del gas Europeo .
Según Amy Mall, analista del Consejo de Defensa de los Recursos Naturales de los Estados Unidos: “La fracturación nunca ha sido investigada a conciencia. Se trata de un experimento a gran escala que carece de parámetros científicos sólidos que lo guíen”
TERCERA. La Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos establece en su Anexo I los supuestos en los que los proyectos han de someterse obligatoriamente a evaluación de impacto ambiental. En algunos de estos supuestos podemos encontrar similitudes con el proyecto consultado, por lo que entendemos que es importante señalarlos aquí para que puedan ser tomados en cuenta como argumentos a favor de la evaluación de impacto ambiental del mismo.
1. “Explotaciones que se realicen por debajo del nivel freático, tomando como nivel de referencia el más elevado entre las oscilaciones anuales, o que pueden suponer una disminución de la recarga de acuíferos superficiales o profundos.” Parece evidente que los pozos que se instalarían, en el caso de un resultado positivo, que alcanzan profundidades de varios miles de metros se realizarán por debajo del nivel freático.
2. “Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales o núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 kilómetros de tales núcleos. “ Dentro de la zona afectada por los permisos existen autovías, carreteras nacionales y autonímocas como la A-8, N-632, AS-256,  AS-260, poblaciones como Duesos, Caravia, La Isla, Alea, Linares, Lastres, Tazones, Arroes, Venta de la Esperanza, La Marina,  entre otras.
3. “Extracción de petróleo y gas natural con fines comerciales, cuando la cantidad extraída sea superior a 500 toneladas por día en el caso del petróleo y de 500.000 metros cúbicos por día en el caso del gas, por concesión.” En este supuesto debemos suponer que, al igual que ocurre en otros permisos de investigación de hidrocarburos, el gas que se extraiga se comercializará, y por ello no podrá eludirse la EIA por tratarse de un proyecto de investigación.
CUARTA. Movilización de elementos radiactivos naturales (ERN) y metales pesados.
La manipulación de los Elementos Radioactivos Naturales (ERN, NORM, Normally Occurring Radioactive Materials en literatura anglosajona) y ciertos metales pesados en actividades petroleras, gasíferas y mineras no son tenidos en cuenta por tres motivos puntuales: su desconocimiento general, la falta de control y la carencia de legislación en este aspecto.
Estas explotaciones son potencialmente propensas a liberar ERN y transformarlos en agresores peligrosos respecto de las condiciones de trabajo y ambientales. Mediante investigaciones y análisis se ha comprobado la presencia de concentraciones significativas de elementos radioactivos naturales en determinadas etapas de los tratamientos primarios o a través del lixiviado de las escombreras y pueden migrar hasta su incorporación a las aguas subterráneas con el eventual riesgo de contaminación por su ingesta.
El uso de lubricantes y aditivos en las perforaciones por fractura hidráulica para la producción de petróleo y gas han demostrado que movilizan los materiales radiactivos naturales, incluido el uranio 238, radio 226 y radón 222 . Esto ha sido identificado como uno de los mayores desafíos que enfrenta la industria del gas en América hoy en día . De estos, el radón es de especial preocupación por ser un gas que muy móvil, y es intensamente radiactivo. La exposición por inhalación o ingestión finaliza generalmente en los pulmones, que son susceptibles al daño por su desintegración nuclear.
La exposición al radón es considerado la segunda causa principal de cáncer de pulmón después del tabaquismo . El radón se detectó a niveles por encima de 300 pCi / L (límite de agua potable propuesto por la USEPA), en la mayoría de muestras de aguas subterráneas recogidas en el Estado de Nueva York por los investigadores.
En algunos casos, estas concentraciones respecto del uranio total contenido en agua supera el límite permitido por la ley. Por tal motivo resulta necesario efectuar controles a través de monitoreos en áreas críticas, tendientes a verificar la existencia de estos elementos, cuantificarlos y evaluar su comportamiento en la superficie. Asimismo, incorporar la detección química de los ERN en el protocolo de análisis del "agua potable" en dichas áreas, para su posterior control y eventual disposición final del uranio total.
La constante presencia de estos elementos no es uniforme variando según la zona explotada
El manejo irracional de estos compuestos, ya sea por prácticas inadecuadas del agua de producción en las explotaciones gasíferas o a través del lixiviado de las escombreras en las explotaciones mineras, puede incorporarse a las aguas subterráneas con el riesgo de contaminación por ingestión de estos elementos. Cabe destacar que en este tipo de explotaciones se realizan limpiezas de las instalaciones manualmente, y en algunos casos, las incrustaciones poseen un alto contenido de ERN. Por lo tanto, las condiciones de trabajo pueden resultar críticas para los operarios, respecto de la inhalación e ingestión de estos residuos.
Ciclo del Uranio.
Después del torio, el uranio es el elemento más abundante del grupo de los actínidos.  Sus estados de oxidación en la naturaleza son dos: U4+ y U6+. El ion tetravalente (UO2) es muy poco soluble en el agua, mientras que el U6+ lo es relativamente. El ion tetravalente se presenta en las rocas ígneas y el hexavalente en los sedimentos.  La mayor parte del uranio se precipita cuando encuentra condiciones reductoras favorables, suficientes para la reconvención del U6+ a U4+. Estas condiciones se deben particularmente a la materia orgánica, que puede encontrarse tanto sobre el fondo de las cubetas sedimentarias por ello, el uranio se encuentra asociado por lo general con carbón, madera fósil, lutitas , esquistos o pizarras,  petróleo y asfaltitas.
Estos minerales están presentes en las formaciones geológicas son arrastrados al modificarse el estado de equilibrio o confinamiento impuesto por la perforación y explotación. Luego, a través del agua de retorno, son transportados a la superficie en forma de solución. De esta manera, contaminan los sólidos, lodos de perforación y el agua. Cuando cambian las condiciones del transporte hidráulico, los elementos radioactivos sedimentan en las instalaciones de superficie (deshidratación del gas, balsas de purga o de descarga, tanques de almacenamiento etc.). Los límites máximos aconsejados por la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP) para las labores con materiales que contienen radiactividad natural deben controlarse si la concentración es mayor de 1 Bq/g y Considerar al Radón, Rn,  por separado aplicando un el nivel de acción a concentraciones de 1000 Bq/m3.
La trasposición de la Directiva 98/83/CE al ordenamiento jurídico español tiene lugar por medio del REAL DECRETO 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
El propósito de este Real Decreto es establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro, entre otras cosas, los parámetros de radiactividad.
El apartado D del Anexo 1 de este Decreto, precisa los parámetros que deben controlarse y los correspondientes valores paramétricos que se deben respetar.
Se trata de un método de control que permite determinar si se supera o no el límite de dosis establecido para la Dosis Indicativa Total (DIT) de 0,1 mSv/año. El cálculo de la DIT está basado en el consumo de un adulto de 730 litros de agua al año.
Teniendo en cuenta la vida media de los mismos cualquier accidente o manipulación inadecuada  hipoteca el uso normal del suelo o de los acuíferos por milenios.
Consignar igualmente el riesgo potencial que se esconde en la quema del gas extraído liberando al medio ambiente los peligrosos compuestos orgánicos volátiles, COVs, BTEX (benceno, tolueno y xileno) y compuestos halogenados de bajo peso molecular que son probados carcinógenos para los humanos a los que se añaden los Óxidos de nitrógeno (NOx), Azufre (SOx), Ozono (reacción de NOx y COV), Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAPs), Sulfuro de hidrogeno (H2S) y partículas en suspensión por la combustión de ingentes cantidades de diesel consumido por los equipos, móviles y fijos, de la perforación con probados efectos sobre diversos sistemas como el inmunológico, respiratorio, cardiovascular, alergias y desarrollo fetal. Esta enumeración de peligros no es ficticia y está recogida, entre otras instituciones y agencias ambientales por el propio Parlamento Europeo.
QUINTA. Aditivos para la estimulación
La técnica de estimulación hidráulica para extraer gas atrapado en este tipo de formaciones rocosas precisa de la utilización de numerosos productos químicos por lo que, como venimos insistiendo, a lo largo del documento, la evaluación de impacto ambiental, debería de realizarse, desde el inicio, teniendo en cuenta el alcance final del proyecto, donde la cantidad de aditivos es muy elevada, así como la clasificación de tóxicos, de mucho de ellos.
Desde luego, en su momento, y como mínimo:
Debería CONTROLARSE LA CALIDAD DEL AIRE (COV, Ozono) en cualquier región donde la actividad de gas natural se lleva a cabo y debe comenzar antes de la inicio de las operaciones para establecer niveles de referencia.
De igual manera deben MONITORIZARSE LAS AGUAS, subterráneas y superficiales, sobre la base de la movilidad de las sustancias toxicas que pueden desplazarse de los sondeos practicados hacia el suelo y los acuíferos. La inyección de fluidos de fractura hidráulica debe ser regulada por la Ley de Aguas. Esto es necesario para asegurar la integridad mecánica de los pozos de inyección y el aislamiento de la zona de inyección de fuentes subterráneas de agua potable
Se recomienda la implantación de HUELLAS ISOTÓPICAS de los compuestos clorados en los productos que se utilizan para perforar y fracturar. Cada fabricante tendrá su propia huella digital. La gráfica de estos datos isotópicos encontrados en cada fractura hidráulica permitirá la identificación de la fuente de contaminación.
Teniendo en cuenta los efectos adversos para la salud de los ciudadanos y trabajadores las autoridades sanitarias deben establecer un PROGRAMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA. El diseño del estudio debe incluir el monitoreo ambiental de aire y agua, así como cualquier cambio de salud de las personas que viven y trabajan en las regiones de las operaciones de fractura hidráulica
Antes de que se conceda una concesión para fractura hidráulica, debe estar completo el PLAN DE GESTION DE RESIDUOS y formar parte del permiso de explotación.
SEXTA. Problemas del cementado de los pozos.
En el estado de Pensilvania (EE.UU.) se produjeron varios casos de contaminación del agua de consumo doméstico con gas. El Departamento de Conservación Ambiental impuso a la compañía “Chesapeake” una multa de casi un millón de dólares por haber contaminado con metano los pozos de agua de 16 familias como resultado de la práctica de perforación. Esta contaminación se debió a problemas de cementado de la perforación .
Anthony Ingraffea, profesor de ingeniería de la Universidad de Cornell, antiguo empleado de la multinacional de gas “Schlumberger”, hace la siguiente consideración: “Un porcentaje importante de los revestimientos de cemento fallará”.
Por lo anteriormente expuesto, una de las mejores formas de prevenir esta posibilidad de contaminación por problemas en el cementado de los pozos,  sería la realización de estudios, previos a la perforación, que permitiesen determinar la resistencia y durabilidad del cemento empleado, en las condiciones a las que estará sometido: altas presiones y temperaturas, debilitamiento provocado por las cargas explosivas empleadas, ataque de sales en profundidad, ataque de los propios componentes del líquido de fracturación, etc.
SÉPTIMA. Contaminación de aguas subterráneas.
Son varios los casos de contaminación de aguas subterráneas atribuidos a la fracturación hidráulica. Citaremos algunos ejemplos recogidos en revistas de reconocido prestigio:
En un artículo publicado por Robert B. Jackson (ecólogo y experto en recursos hidrológicos de la Escuela Ambiental Nicholas de la Universidad de Duke) y colaboradores en “Proceedings of the Nacional Academy of Sciences”, se recogen los resultados del análisis de muestras de más de 60 pozos de agua privados situados sobre la formación de Marcellus (noroeste de Pensilvania) y la de Utica (norte del estado de Nueva York): de los 60 pozos analizados, 51 de ellos contenían metano, siendo gran parte de este metano de origen termogénico profundo (aquel asociado a las capas de esquisto y que era objeto de la explotación); los pozos más cercanos a las perforaciones contenían más metano que los más alejados; ninguna de las muestras contenía restos de fluidos de fracturación. Una de las posibles causas de esta contaminación, contemplada por los autores del artículo, es la conexión entre las fisuras producidas por la fracturación y fisuras naturales .
Un grupo de ingenieros en la Columbia Británica (Canadá) han catalogado 19 incidentes de “comunicación entre fracturas”, pozos recientes conectados de manera inesperada con otros preexistentes. Se detectó un caso en el que la comunicación se había producido entre dos pozos separados más de 600 metros. La Comisión de Gas y Petróleo de la Columbia Británica ha determinado que: “Las conexiones subterráneas debidas a las operaciones de fractura hidráulica a gran escala se han mostrado difíciles de predecir. La longitud de las fracturas puede extenderse más de lo previsto a causa de la resistencia insuficiente de las capas de roca superiores.” 
En 2010 la EPA (Agencia estadounidense para la protección del medio ambiente) emprendió una acción legal contra “Range Resources”, compañía que explota los yacimientos de la formación Barnett, en el estado de Texas, considerando que dos pozos de agua potable estaban contaminados con metano de origen termogénico profundo (aquel asociado a las capas de esquisto y que era objeto de la explotación). La EPA también consideró que uno de los pozos contenía compuestos químicos empleados en la fracturación, tales como el benceno En septiembre de 2010 la causa se encontraba en el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos .
Anthony Ingraffea, profesor de ingeniería de la Universidad de Cornell, antiguo empleado de la multinacional de gas “Schlumberger”, hace la siguiente consideración: “Cuando defienden la técnica, las compañías solo consideran fracturaciones aisladas, pero si se consideran múltiples perforaciones (como ocurre en las explotaciones) las probabilidades de conexión capa con gas-acuífero aumentan”.
Una de las mejores formas de prevenir esta posibilidad de contaminación causada por conexiones entre fisuras originadas por la fracturación y fisuras naturales, sería la realización de estudios, previos a la perforación, que permitieran conocer el grado de fracturación natural que poseen las rocas que atravesará el pozo.
Sería también muy interesante desde el punto de vista preventivo, la realización de modelos informáticos que permitieran conocer el comportamiento del gas y de los fluidos de fracturación a esas profundidades, antes de perforar el pozo.
OCTAVA. Desde una perspectiva más global entendemos que, dada la situación actual de cambio climático, optar por energías basadas en los hidrocarburos va en contra de lo que con buena lógica debería de hacerse. Es conveniente apostar por energías renovables y por criterios de eficiencia y ahorro energético, más que por mejorar formas tan contaminantes de producir energía como son las basadas en el petróleo o el gas.
Las emisiones no deseadas de metano de los procesos de fractura hidráulica pueden tener un impacto inmenso en el balance de gases de efecto invernadero. Evaluaciones existentes dan un rango de 18 a 23 g de gases CO2-equivalentes por MJ para el desarrollo y producción de gas natural no convencional. Las emisiones debidas a la intrusión del metano en los acuíferos todavía no han sido evaluadas. Sin embargo, las emisiones específicas de cada proyecto podrían variar en un factor de hasta diez, dependiendo de la producción del metano en el pozo en cuestión.
Sin un tope significativo de las emisiones globales de gases de efecto invernadero, la explotación de gas de esquisto probablemente incrementará las emisiones netas de carbono. En un mundo hambriento de energía, y sin una restricción severa y efectiva sobre las emisiones de carbono, la explotación de un recurso adicional de combustible fósil probablemente incrementará el consumo de energía y las emisiones asociadas.
Esto reducirá aún más cualquier pequeña posibilidad de mantener cambios globales de la temperatura a 2ºC o menos y, de esa manera, incrementará el riesgo de entrar en un periodo de “cambio climático peligroso”. Si el consumo de gas de pizarra fuera igual al utilizado en los escenarios globales los incrementos asociados resultarían en concentraciones atmosféricas de 3-11 ppmv de CO2 en 2050.
Reducciones rápidas de carbono requieren una mayor inversión en tecnologías libres de carbono y esto se podría retrasar por la extracción del gas de esquisto. La inversión requerida para explotar el gas de pizarra será sustancial. En relación a la reducción de las emisiones de carbono, la inversión sería mucho más efectiva si se hiciera en tecnologías que realmente fueran libres (o muy bajas) de carbono. Si el dinero se invierte en gas de esquisto entonces hay un riesgo real de que esto pudiera retrasar el desarrollo y despliegue de tales tecnologías .
Según se recoge en la revista Climate Change  : El metano es un gas invernadero poderoso con un potencial de calentamiento global bastante mayor que el del dióxido de carbono, particularmente durante el horizonte de tiempo de las primeras décadas tras la emisión. A pesar de este amplio acuerdo, la incertidumbre en la magnitud de las emisiones por fuga es grande. Dada la importancia del metano en el calentamiento global, estas emisiones merecen mucho mayor estudio que en el pasado. Instamos tanto medidas más directas y estimaciones refinadas para cuantificar mejor lo perdido y lo no estimado para el gas.
NOVENA. Como ya se ha mencionado en otros puntos de la presente alegación falta información sobre la composición de las sustancias químicas utilizadas en el proceso de fractura hidráulica para la explotación de hidrocarburos. Esta información debería ser pública, ya que tiene importancia para la protección de la salud y del medio ambiente y así lo reconoce la legislación europea y española.
Según el informe del Tyndall Centre , la poca información suministrada por las operadoras permite, aún así, certificar que numerosas sustancias han sido clasificadas por organismos de control europeos como de “inmediata atención” debido a sus efectos potenciales sobre la salud y el ambiente. En particular, 17 han sido clasificadas como tóxicas para organismos acuáticos, 38 son tóxicos agudos, 8 son cancerígenos probados y otras 6 están sospechadas de serlo, 7 son elementos mutagénicos, y 5 producen efectos sobre la reproducción. Si bien el nivel de riesgo asociado al uso de estas sustancias depende de su concentración y de la forma en que se exponga a los seres vivos y al ambiente durante su utilización, las enormes cantidades que deben emplearse –para una plataforma de 6 pozos oscilarían entre los 1.000 y los 3.500 m3 de químicos-, serían, por sí mismas, motivo de máxima precaución y control.
DÉCIMA. Otro impacto ambiental es el de los ruidos generados. Durante la etapa de construcción de las locaciones se puede producir contaminación sonora durante la perforación de los pozos, el venteo de gases no aprovechables, e impactos por el tráfico de vehículos. Es necesario que se contemple este aspecto con más detalle y se evalué correctamente.
UNDÉCIMA. La generación de residuos y su gestión derivados de la estimulación, en el caso de que el resultado sea positivo, y se comience la explotación por medio de fractura hidráulica, en la que se utilizan un sin fin de productos tóxicos para el medio y la salud, así como compuestos orgánicos volátiles obligarían a llevar a cabo la evaluación de impacto ambiental.
DUODÉCIMA. La relación entre fractura hidráulica y ciertos seísmos parece ser innegable, por ejemplo:
El 90% de los seísmos detectados desde 2009 en Arkansas están de 6 km de pozos donde se ha inyectado agua tóxica de desecho. Este agua puede lubricar las rocas de alrededor aumentando el riesgo de terremotos.
En marzo de 2011, dos compañías suspendieron su actividad para estudiar la relación entre las actividades de inyección de líquidos y los 800 seísmos ocurridos en los últimos 6 meses. Tras el cierre de los pozos el número de seísmos disminuyó.
En Gran Bretaña, en julio 2011, se han parado las actividades de fractura hidráulica tras detectar dos seísmos de 1.5 y 2.3 Richter a 500 m del lugar de extracción y en Ohio (USA), en diciembre 2011, se han detectado una decena de seísmos (hasta 4º Richter): moratoria parcial en enero 2012.

En virtud de lo expuesto, y basándonos en:
• La necesidad de transparencia y participación pública en el procedimiento.
• La novedad de la técnica de la fractura hidráulica en nuestro territorio y la experiencia en EE.UU.
• Su relación con importantes daños a la salud y al medioambiente, el riesgo cierto de contaminación del aire y las aguas, la alta ocupación del territorio y la sobreexplotación de recursos.
• La fuerte oposición a estos proyectos por parte de la población afectada
El Ayuntamiento de Cabranes,   DICE que:
Que se sometan los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Cuélebre 1» y «Cuélebre 2», expedientes n.º 1.671 y 1.672, solicitados por la empresa “Oil and Gas Capital, S.L.” al procedimiento de evaluación de  ambiental.
Se tenga a la asociación Ecologistas en Acción como parte interesada en el proyecto y se nos comuniquen aquellas actuaciones que relacionadas con el mismo se lleven a cabo.
 

y SOLICITAMOS, la prohibición de la obtención de gas natural por fractura hidráulica, incluyendo, la relacionada con la obtención de gas metano de capas de carbón, con utilización de fracturación inducida.
En Santolaya de Cabranes, a 19 de septiembre de 2012
EL ALCALDE
 
Fdo: Alejandro Vega Riego