Resolución de 26 de junio de 2007, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publicación de adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y el Ayuntamiento de Caravia para rehabilitación de edificio para Centro de Interpretación en Caravia Baja.

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA

Habiéndose suscrito con fecha 31 de mayo de 2007, adenda al Convenio de Colaboración entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y el Ayuntamiento de Caravia para rehabilitación de edificio para Centro de Interpretación en Caravia Baja y estableciendo el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de la publicación de los convenios de colaboración en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias,

resuelvo

Publicar el mencionado Convenio como anexo a esta Resolución.

Lo que hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 26 de junio de 2007.—La Consejera de la Presidencia.—11.279.

adenda

AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL Principado de Asturias Y AL AYUNTAMIENTO DE CARAVIA PARA REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA CENTRO DE INTERPRETACIÓN EN CARAVIA BAJA

En Oviedo, a 31 de mayo de 2007.

Reunidos

De una parte, D.ª Ana Rosa Migoya Diego, Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo del Gobierno del Principado de Asturias, actuando en representación del Principado de Asturias, autorizada para formalizar el presente Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de mayo de 2007.

De otra, D. Pablo García Pando, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Caravia.

Intervienen

En función de sus cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente plena competencia y capacidad para firmar la presente adenda y obligarse en los términos previstos en la misma

Manifiestan

Que con la finalidad de incrementar y completar los equipamientos sociales y culturales de los que dispone el concejo de Caravia, se consideró conveniente la rehabilitación del conjunto edificatorio denominado “Casa y Capilla de los Manjón” que constituye un fiel reflejo de la arquitectura tradicional, conservando aquellos elementos característicos de la vida rural de hace muchos años y que permita disfrutar de un Centro de Interpretación, con todos los detalles que nos hagan retroceder en el tiempo y nos eviten olvidar unas construcciones y un modo de vida que, aunque afortunadamente ha mejorado, forma parte de nuestra cultura, la cual debemos conservar si no queremos perder nuestras señalas de identidad.

Que por todo ello, y de acuerdo las dos partes respecto a la necesidad de dotar al concejo de Caravia de este equipamiento, se consideró como fórmula idónea para abordar el proyecto la firma de un Convenio de Colaboración entre ambas instituciones en el que se fijen los términos de la mencionada colaboración.

Que el Consejo de Gobierno en su reunión del 15 de junio de 2006, autorizó la formalización de un Convenio de Colaboración entre la Administración del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Caravia para rehabilitación de edificio para Centro de Interpretación en Caravia Baja, y la concesión de la consiguiente subvención al Ayuntamiento por importe de cuatrocientos ochenta mil (480.000,00) euros, con cargo a los presupuestos generales de los años 2006 y 2007 y de acuerdo con la siguiente distribución:

2006: 150.000 €.

2007: 330.000 €.

Que el Convenio autorizado fue suscrito por la entidad local en fecha 7 de julio de 2006 y por Resolución de 13 de septiembre de 2006, se conceden subvenciones a favor del Ayuntamiento de Caravia para la ejecución del proyecto citado.

Que por Resolución de 19 de diciembre de 2006, se amplía el plazo de justificación de la anualidad de 2006 a fecha 30 de marzo de 2007.

Que el Ayuntamiento de Caravia ha puesto en conocimiento de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo que, debido a diversas vicisitudes y circunstancias que se han producido durante la ejecución del proyecto, no podrá cumplir con el compromiso que le corresponde ejecutar en esta anualidad presupuestaria y por ello, solicita el aplazamiento en la presentación de la justificación de la subvención y en su caso que se proceda a realizar el oportuno reajuste de las anualidades previstas en el Convenio, por lo que se considera oportuno proceder a realizar el reajuste de las anualidades así como el aplazamiento de la justificación de la subvención.

Que a tal efecto el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y el Ayuntamiento de Caravia suscriben la presente adenda al Convenio que se sujetará a las siguientes

Cláusulas

Primera.—Modificación de las aportaciones del Principado de Asturias.

Reajustar las anualidades correspondientes a la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo previstas con cargo al concepto presupuestario 14.03.455E.762.001 en el Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Caravia en fecha 7 de julio de 2006, con destino a la rehabilitación de edificio para Centro de Interpretación en Caravia Baja, distribuyéndose de la siguiente forma:

Año 2006: 150.000 €.

Año 2007: 30.000 €.

Año 2008: 300.000 €.

Segunda.—Vigencia.

La presente adenda al Convenio será efectiva a partir de la fecha de suscripción y su vigencia se extenderá hasta la finalización de las obras a que se refiere la misma que está previsto que finalicen a 31 de diciembre de 2008.

En prueba de conformidad las dos partes suscriben el presente Convenio en el lugar y fecha arriba indicados.

La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa Migoya Diego.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Caravia, Pablo García Pando.