El Ayuntamiento en Pleno, en sesión de 5/02/2013, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales

• Ordenanza fiscal n.º 1.2.1.4, reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos.

• Ordenanza fiscal n.º 1.2.1.5, reguladora de la tasa por apertura de establecimientos.

• Ordenanza fiscal n.º 1.2.1.11, reguladora de la tasa por entrada al Centro de Interpretación del Sueve y Centro
de interpretación del gaiteru lliberdón.

Así como la aprobación inicial de la imposición de la tasa de por la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria, y su ordenación en la ordenanza fiscal n.º 1.2.1.14.

Los citados acuerdos se expusieron al público durante 30 días hábiles, de conformidad con la legislación vigente, para que los interesados pudieran examinar el expediente y presentar las reclamaciones que considerasen oportunas; no habiéndose recibido reclamaciones de ningún interesado, el acuerdo provisional queda elevado a definitivo, publicándose el texto íntegro de las modificaciones aprobadas. Contra esta elevación definitiva podrá interponerse recurso contencioso administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción

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