Habiéndose recibido de la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística relación de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, los cuales, en aplicación del artículo 16.1 párrafo 2.º de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, deberían proceder a la renovación de su inscripción padronal antes de la caducidad de la misma.

Vistas la disposiciones legales vigentes en la materia:

— Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

— Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por R.D.1690/1986, de 11 de julio.

— Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.

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