Playas de Colunga, condiciones de uso

De acuerdo con la orde Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 que, en su artículo 46 establece que se permite el tránsito y permanencia en las playas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que en este último caso se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, y que se mantenga una distancia mínima de dos metros entre los participantes:

1.-La utilización de las playas del Concejo de Colunga será libre, pública y gratuita para los usos comunes y acordes con su naturaleza tales como pasear, hacer deporte, estar o, bañarse, siempre que se realicen conforme las normas adoptadas por las autoridades sanitarias.

2.- Se recuerda que la ciudadanía deberá respetar la distancia de seguridad no solo a las entradas y salidas sino entre las personas que ocupen la playa.
En caso de que no se pueda asegurar el mantenimiento de la distancia interpersonal, será obligatorio el uso de mascarilla

3.- Por razones de interés público, cuando se active el PLAN SAPLA (servicio de socorrismo) en Colunga (esto es será el día 1 de julio) el ayuntamiento podrá ordenar el cierre y/o limitar la permanencia en determinadas zonas de los arenales así como controlar sus accesos para garantizar la distancia física entre personas o grupos de personas.

4.- No se podrán utilizar servicios tales como duchas, lavapies o aseos públicos hasta la activación del Plan SAPLA.