
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Oviedo ha dictado una sentencia que anula una sanción de 601 euros impuesta al Hotel Prau Ríu por celebrar un evento musical. La resolución aclara que este tipo de actividades están permitidas dentro de la licencia hotelera, sin necesidad de una autorización específica adicional.
La denuncia fue presentada por la asociación “Asturias de Noche”, sin que se aportaran pruebas ni se realizaran comprobaciones presenciales. El juzgado señala que no hubo mediciones acústicas ni evidencias de molestias vecinales, y que la actuación encaja en la normativa autonómica que regula los servicios complementarios de los hoteles.
La sentencia también hace referencia al principio de confianza legítima, ya que el hotel había organizado eventos similares en el pasado sin sanciones, incluso con apoyo del propio Ayuntamiento.
El despacho Lozano Abogados, encargado de la defensa, considera que esta resolución refuerza los derechos del sector hotelero frente a denuncias sin base.
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