Aprobados por decreto de 23-10-06 los padrones de las tasas por suministro de agua, basura, alcantarillado y saneamiento, correspondientes al bimestre de mayo junio de 2006, se exponen a información pública a efectos de reclamaciones durante el plazo de quince días hábiles

Ayuntamiento de Colunga

Edicto

Por medio de la presente se notifica que han sido aprobados por decreto de fecha 23-10-06 los padrones de las tasas por suministro de agua, recogida de basura, alcantarillado y canon de saneamiento, correspondientes al bimestre de mayo junio de 2006, por un importe total de 93.714,67 euros, IVA incluido; se exponen a información pública a efectos de reclamaciones durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Asimismo, se señala que el período voluntario de cobranza abarca dos meses desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

El pago de las cuotas o tributos deberá hacerse efectivo en las oficinas de las entidades de depósito donde se haya domiciliado el mismo, y en otro caso en las oficinas del Servicio Municipal de Aguas (Asturagua, S.A.), sitas en plaza del Mercado, s/n.

Si el vencimiento del período coincide con día inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Transcurrido dicho plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, los costes que se produzcan.

Régimen de recursos.

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrido en reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde la fecha de notificación del presente acuerdo. Si se interpone recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el plazo de seis meses contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

En Colunga, a 23 de octubre de 2006.—El Alcalde. —17.372.