El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA Nº 255 - Viernes, 4 de noviembre de 2005 ) publica la Modificación de las ordenanzas fiscales y de precios públicos aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Colunga.
El Boletín Oficial del Principado de Asturias del 5 de Noviembre de 2.005 publica la Modificación de las ordenanzas fiscales y de precios públicos del Ayuntamiento de Colunga.
El Ayuntamiento de Colunga, en Pleno, en sesión de 27 de octubre de 2005, aprobó, con carácter provisional, la modificación de las ordenanzas fiscales y de precios públicos siguientes:
• Tasa por la ocupación de terrenos de uso público local con tribunas, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones, industrias callejeras y ambulantes.
• Tasa por utilización de terrenos de uso público local con mercancías, tierras, arenas, materiales de construcción, contenedores, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios, y otras instalaciones análogas
• Tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mesas y sillas con finalidad lucrativa.
• Tasa por instalación de quioscos en la vía pública.
• Tasa por apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción de pavimento o aceras en la vía pública
• Tasa por ocupación de terrenos comunales o de uso público con madera.
• Tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.
• Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
• Tasa por suministro de agua.
• Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado.
• Tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación.
• Tasa por licencia de obras.
• Tasa por apertura de establecimientos.
• Tasa por expedición de documentos administrativos.
• Precio público por la prestación de servicios culturales.
• Precio público por la prestación de servicios de carácter social.
• Precio público por la prestación de servicios o realización de actividades por parte de servicios o personal municipal a particulares.
El citado acuerdo se expone al público durante 30 días hábiles, de conformidad con la legislación vigente, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.
Colunga, 28 de octubre de 2005
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