Derechos ante cancelación de viajes

Información de interés general que nos facilita a Oficina de Información al Consumidor de LLanes.

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR DE LLANES INFORMA

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS ANTE LA CANCELACIÓN DE VIAJES POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19

Limitaciones a la movilidad de las personas, cierre de establecimientos hoteleros, suspensión de transportes, etc., son muchas las causas que debido a la irrupción en nuestras vidas del COVID-19, pueden haber echado por tierra nuestro viaje de trabajo, o las vacaciones que desde hacía tanto tiempo llevábamos planificando.

Por eso, y a la vista de las últimas novedades legislativas adoptadas por el Gobierno en relación a la gestión de la crisis sanitaria del COVID-19, es necesario conocer cuáles son nuestros derechos como viajeros.

CANCELACION DE VUELOS DEBIDO A LA EXPANSION DEL CORONAVIRUS

Los pasajeros aéreos que se hayan visto afectados por las cancelaciones de vuelos por parte de las compañías aéreas como consecuencia de la declaración de pandemia o por las prohibiciones de vuelo establecidas por el Gobierno de España o cualquier otro país, tienen derecho a información, asistencia y reembolso o transporte alternativo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 261/2004:

Información : entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

Asistencia : comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, una o más noches de alojamiento, así como el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

En caso de cancelación de un vuelo como consecuencia de las limitaciones impuestas por el COVID-19, la compañía debe ofrecer al pasajero la elección entre una de las tres siguientes opciones:

En caso de que el consumidor opte por el reembolso , la compañía debe abonar el precio en metálico, mediante transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo con el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Por lo tanto, la elección de reembolso en dinero o mediante bono canjeable corresponde al pasajero, no a la aerolínea, que no puede obligar al consumidor a aceptar un bono,

El procedimiento establecido para resolver el contrato y obtener la devolución de lo abonado es el siguiente:

En caso de que la aerolínea no cumpla con sus obligaciones y el usuario considere que no se han respetado sus derechos, debe reclamar a la compañía, y en caso de no recibir respuesta o esta no ser satisfactoria, puede presentar una reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

CANCELACION DE VIAJES EN MEDIOS DE TRANSPORTE DISTINTOS DEL AVION

En relación con los viajes por vía ferroviaria con la compañía Renfe, se recomienda consultar las medidas concretas sobre cambios y anulaciones de billetes sin coste para los viajeros habilitadas de urgencia por la compañía.

En otros supuestos, cuando el viajero no pueda llevar a cabo el viaje como consecuencia de las medidas decretadas por el estado de alarma o la compañía haya suspendido el mismo por tal motivo, tendrá derecho a resolver el contrato de transporte sin penalización en el plazo de 14 días a contar desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

El transportista podrá ofrecerle una alternativa de viaje y, si en el transcurso de 60 días desde la cancelación del viaje no ha habido acuerdo entre las partes sobre la alternativa ofrecida, se reembolsarán al viajero los importes abonados en la misma forma en la que se efectuó el pago en el plazo de 14 días. No obstante, la empresa podrá descontar los gastos originados por el reembolso, que deberán estar convenientemente desglosados y que, en ningún caso, podrán suponer una penalización para el usuario.

CANCELACION DE VIAJES TURISTICOS (VIAJES COMBINADOS)

En el supuesto de que un viajero hubiese contratado un viaje combinado (esto es, un paquete turístico con dos o más servicios contratados (como viaje, alojamiento u otros servicios turísticos como excursiones) y el lugar de destino estuviese afectado por una circunstancia extraordinaria como consecuencia del coronavirus (por ejemplo, decretos u órdenes del Gobierno de España u otro gobierno prohibiendo el acceso a un lugar determinado relacionado con el viaje) o se viese afectado por las limitaciones de movimiento concretas establecidas como consecuencia de la declaración del estado de alarma, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización y tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional.

El procedimiento para reclamar a la agencia de viajes la devolución de los importes abonados es el siguiente :

En relación con la suspensión de los Programas de Turismo del IMSERSO durante un mes, se recomienda consultar la información facilitada a través de la página web del IMSERSO, en la siguiente dirección web:

https://www.imserso.es/imserso_01/actualidad/2020/abril/IM_130498?fragment22_NextRow=1#IM_130498

En la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Concejo de Llanes, te ayudamos en este y otros temas de tu interés.

De momento y hasta que no superemos entre todos la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, se ha suspendido la atención presencial tanto en Llanes, como en Nueva y Posada.

No obstante, puedes plantear tus consultas todos los martes y jueves, en los horarios habituales de 17:00 h. a 19:00 h., a través del teléfono 684630523, o del correo electrónico omic@ayuntamientodellanes.com .

Además, y dado el elevado número de consultas respecto a la medidas implementadas para proteger a los consumidores y usuarios que han quedado en situación de vulnerabilidad social y económica debido a la crisis sanitaria del COVID-19, durante el periodo en que esté vigente el estado de Alarma, también se atenderán las consultas telefónicas y por correo electrónico, de lunes a viernes (en días laborables), de 09:00 h. a 14:00 h.

Y RECUERDA

ESTE VIRUS LO PARAMOS UNIDOS

¡QUEDATE EN CASA!

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