ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE COLUNGA CELEBRADA EL DÍA QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.

En el municipio de Colunga, siendo las diez horas del día quince de diciembre de dos mil nueve, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, DON JOSÉ ROGELIO PANDO VALLE, se reunieron en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, previa citación cursada al efecto, los Sres. Concejales, DÑA Mª DOLORES CANDEL MARTÍNEZ, DÑA. JULIA CUBIELLA GRANDA, DÑA. PATRICIA VEGA VALLE, D. JOSÉ ÁNGEL LLERA MONTOTO, D. DANIEL E. GANCEDO RUIZ Y D. CARLOS MANSO RODRÍGUEZ al objeto de celebrar sesión de carácter extraordinario, en primera convocatoria, del Ayuntamiento Pleno.

No asisten a la sesión, habiendo justificado su no asistencia los Concejales siguientes: DÑA. PILAR LAVIADA PRIDA, DÑA. SONIA ÁLVAREZ MARTÍNEZ, DÑA. FLORENTINA ALONSO GAVITO, y D. ÁNGEL FELGUERES MARTÍNEZ.

Asiste a la sesión el Sr. Interventor de Fondos, D. HORACIO MARGOLLES BARROS.

Da fe del presente acto, D. VICTOR MANUEL LOBAN GONZÁLEZ, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Colunga.

Abierta la sesión a las 10.05 horas, se procedió a debatir los asuntos incluidos en el Orden del Día, para lo cual fue girada la oportuna convocatoria, con el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2009.

Abierto el acto por el Sr. Presidente se pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del Acta de las sesiones anteriores, la cual ha sido distribuida previamente a todos los grupos.

Estando conformes en cuanto a los acuerdos adoptados, se somete a votación la aprobación de la misma, aprobándose, por la unanimidad de los miembros presentes en el acto, ordenándose su trascripción al libro de Actas a los efectos del Art. 110.2 de R.O.F.

2.- APROBACIÓN DEFINITIVA ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN PARA ADECUACIÓN DE EDIFICIO PARA HOTEL DE TRES ESTRELLAS EN HUERRES (FINCA EL FOYU); EL FOYU, S.L.

Por escrito con fecha de registro de entrada 15 de octubre de 2009, número 4.193, se aporta por parte de D. José Manuel Priesca Zapico, actuando en su nombre y representación del EL FOYU, S.L., documentación complementaria en relación con la tramitación del Estudio de Implantación de referencia, consistente en plano de planta y usos de parcela.

Considerando lo señalado en el art. 71 del decreto 1/ de 22 de abril que expresamente dispone lo siguiente: “1. Los Estudios de Implantación podrán formularse cuando fuere preciso completar las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación en suelo no urbanizable. Su contenido tendrá por finalidad la localización de actividades, equipamientos y dotaciones de interés público o social, incluidas en el planeamiento general como autorizables en dicho suelo o no contempladas expresamente en el mismo. No podrán incumplir las normas específicas que para su redacción haya previsto el Plan General de Ordenación. 2. Los Estudios de Implantación contendrán los estudios específicos que se entiendan oportunos dadas las características de las instalaciones. Entre éstos, podrán contemplarse:
a. Justificación de la necesidad o del emplazamiento.
b. Estudio de impacto sobre la red de transportes, acceso rodado y aparcamiento.
c. Estudio de impacto visual sobre el medio físico.
d. Estudio de impacto sobre la red de infraestructuras básicas.
e. Análisis de la incidencia urbanística y territorial y de la adecuación en el área de implantación.
f. Estudio del abastecimiento de agua, así como recogida, eliminación y depuración de vertidos.
g. Estudio y gestión del proyecto de obras.
3. Cuando así se determine específicamente en el Plan General o cuando las circunstancias territoriales o necesidades de ordenación interior así lo aconsejen, irán acompañados de un Plan Especial.”
Visto lo señalado en el art. 90.5 del Decreto 1/2004 de 22 de abril al establecer: “El procedimiento regulado en el presente artículo se aplicará también a la tramitación de los estudios de implantación, con la particularidad de que el informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias no será vinculante cuando el estudio de implantación se refiera a actividades, equipamientos y dotaciones incluidas en el planeamiento general como autorizables en el suelo no urbanizable y que no requieran autorización de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 131 de este Texto Refundido.
Considerando que por escrito con fecha de registro de entrada 28 de mayo de 2009, se emite informe favorable por la Permanente de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias.
Considerando que por escrito con fecha de registro de entrada 18 de febrero de 2009, se emite informe favorable por la CUOTA, respecto del mencionado Estudio de Implantación, todo ello de conformidad con lo señalado en el art. 71 y 90 del Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril.
Visto informe elaborado por el Arquitecto Técnico Municipal de fecha dos de septiembre de 2009.
En la fase de deliberación y debate se producen las siguientes intervenciones: No se producen intervenciones en el mencionado punto del orden del día.
Finalizada la deliberación y sometiéndose el asunto a votación se produce el siguiente resultado:
Votos a favor: 7 votos, emitidos por los concejales Srs. D. José Rogelio Pando Valle, Dña. Mª Dolores Candel Martínez, Dña. Julia Cubiella Granda, Dña. Patricia Vega Valle, D. José Ángel Llera Montoto, D. Daniel E. Gancedo Ruiz y D. Carlos Manso Rodríguez.
Votos en contra: Ninguno.
Abstenciones: Ninguna.
A la vista del resultado de la votación el Sr. Alcalde-Presidente declara adoptados, por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la entidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Implantación tramitado a instancias de D. José Manuel Priesca Zapico, actuando en nombre y representación de EL FOYU, S.L., en orden a la adecuación de edificio para hotel de tres estrellas en Huerres.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los interesados así como a la Permanente de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias, Comisión de Urbanismo y Ordenación del territorio del Principado de Asturias, así como a los Servicios Técnicos Municipales.

3.- APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL 2010.

Considerando lo señalado en el art. 168 del RDLeg 2/2004 de 5 de marzo, al establecer expresamente: “1. El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y a él habrá de unirse la siguiente documentación:
a.    Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.
b.    Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente.
c.    Anexo de personal de la entidad local.
d.    Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.
e.    Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del presupuesto.
2. El presupuesto de cada uno de los organismos autónomos integrantes del general, propuesto inicialmente por el órgano competente de aquellos, será remitido a la entidad local de la que dependan antes del 15 de septiembre de cada año, acompañado de la documentación detallada en el apartado anterior.
3. Las sociedades mercantiles, incluso de aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la entidad local, remitirán a ésta, antes del día 15 de septiembre de cada año, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.
4. Sobre la base de los presupuestos y estados de previsión a que se refieren los apartados 1 y 2 anteriores, el presidente de la entidad formará el presupuesto general y lo remitirá, informado por la Intervención y con los anexos y documentación complementaria detallados en el apartado 1 del artículo 166 y en el presente artículo, al Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución.
5. El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos que integran el presupuesto general, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente.
Visto lo señalado en el art. 169 del RDLeg 2/2004 de 5 de marzo, al establecerse: “1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
2. La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
3. El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletín oficial de la corporación, si lo tuviera, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial.
4. Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a la Administración del Estado y a la correspondiente comunidad autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al boletín oficial a que se refiere el apartado anterior.
5. El presupuesto entrará en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo.
6. Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en los artículos 177, 178 y 179 de esta Ley y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. La prórroga no afectará a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados.
7. La copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.
Visto informe de la Intervención de Fondos Municipal unido al proyecto de presupuestos.
En la fase de deliberación y debate se producen las siguientes intervenciones:
Por el Sr. Carlos Manso se señala al respecto lo siguiente: “Al igual que el año pasado no voy a extenderme mucho pues se diga lo que se diga estos presupuestos van a ser aprobados. Pero  me gustaría hacer una serie de observaciones a raíz de los informes de alcaldía y de intervención, tanto económico-financiero, estabilidad presupuestaria y liquidación del ejercicio.

La conclusión más clara que se saca de ellos es QUE CADA DÍA QUE PASA NUESTROS INGRESOS CORRIENTES SON MENOS CAPACES DE SOPORTAR GASTOS.  En el Ayuntamiento existe una importante cantidad de gastos de personal y gastos corrientes. Con los gastos de personal no vamos a meternos ya que entendemos que son muy difíciles de minorizar y en algunos casos hasta insuficientes; a pesar de que muchos de los servicios que presta el Ayuntamiento están “privatizados”.
Pero donde sí se podría ser más eficiente en el gasto sería reduciendo los gastos en bienes corrientes sin que hubiera necesidad de disminuir la calidad y la cantidad de los servicios públicos que se prestan.

Como contrapartida, el “boom” inmobiliario ha terminado hace unos años y los ingresos por ICIO, tasas de obras y aprovechamientos urbanísticos han disminuido de manera considerable.

En el apartado de ingresos quisiera detenerme un momento en el capítulo más importante del estado de gastos que son los impuestos directos y más en concreto en lo que se refiere a IBI y hacer una comparación:

En el año 2003 se recaudaban 355.675,00 euros en concepto de IBI correspondientes a 4.427 recibos con una media por recibo de 80,34 euros. 5 años después, en 2008 recaudamos 815.393,00 euros, un 229.00% más correspondientes a 5.203 recibos (18% más) y con una media por recibo de 156,71 euros lo que significa un incremento del 195%. Es decir, se aumentó sólo por este concepto la presión fiscal de los vecinos del concejo de Colunga en un 229%. Hubo un aumento de los recibos a cobrar producto de las previsiones de las actuales normas subsidiarias que vienen de 1999 y fruto de las revisiones y de las  continuas subidas del tipo impositivo. En los cinco últimos ejercicios se recaudaron de media anual unos 685.969,40 euros, el doble en cada ejercicio que en el año 2003 y aún así nuestros ingresos corrientes siguen siendo insuficientes. No hay capacidad de inversión con nuestros recursos cuando realmente son el doble que hace 6 años, ¿qué se hizo con ellos? ¿Dónde está el gasto? Además muchas veces cuando invertimos no somos capaces de gestionarlo, como por ejemplo las viviendas sociales de Pernús que siguen cerradas.

Todo esto nos lleva a la situación actual:

En el año 2005 contábamos con unos recursos propios para hacer inversiones de más de 500.000 euros, a día de hoy la cantidad es ridícula, no llega a 50.000 euros que no dan para nada.
Todo lo que se comprometa en el presupuesto por encima de 3 millones de euros no se puede financiar con recursos propios.

Tenemos un nivel de gastos corrientes muy alto y por otro lado hemos perdido capacidad de financiación de gastos de manera directa. No hay ingresos municipales que garanticen inversiones no financiadas por otras administraciones, ni tan siquiera estamos en condiciones de cofinanciar aquellas a las que nos hemos comprometido. Ahora sólo nos queda esperar a las posibles subvenciones para poder invertir. ¿Y si se cierra el “grifo” de las subvenciones? Pues que en un futuro tendríamos que recurrir a la financiación bancaria para poder cambiar siquiera una bombilla.

Conclusión; deberíamos ser más eficientes en el gasto corriente pues existen partidas que se pueden minorizar sin disminuir la calidad y la cantidad de los servicios públicos que se prestan.

Se recomienda también como medida salvatoria una subida de impuestos. ¿Apoya el Sr. Alcalde esa medida?

De la mala gestión, o de la falta de ideas o de políticas para conseguir financiación no debemos culpar al ciudadano y menos ahora en tiempos de crisis; machacándole a base de subidas de impuestos. Existen otras maneras de conseguir financiación como pueden ser la venta de patrimonio, la monetarización de aprovechamientos urbanísticos, etc..

Aquí podríamos ahora “echar en cara” al equipo de Gobierno que no hayan sido capaces de sacar aún el Plan General de Ordenación Urbanística y que no se hayan sido capaces de echar a andar el polígono industrial y así nos permitiera ingresar más en concepto de licencias, tasas, etc…

Y hablando del Plan, en los presupuestos del Principado de Asturias hay una cantidad destinada a la Revisión de las Normas Subsidiarias de Colunga alrededor de los 28.000 euros, ¿qué es, qué está el Plan sin pagar aún y por eso no sale? ¿se “debe algo” a los arquitectos o a los técnicos encargados de su redacción?

También querría reseñar que las inversiones reales en infraestructuras: ARI, Plan E como otras muchas…son adjudicadas casi siempre a empresas que no generan empleo en el Concejo. Basta con recordar la adjudicación del proyecto del nuevo Ayuntamiento y el conflicto generado con el resto de profesionales que optaron al mismo. Tal parece que las inversiones que no dependen del Ayuntamiento (la inmensa mayoría y parece que para el próximo año todas) traen consigo la consigna de a quién la hay que dar....

Para terminar con los presupuestos voy a hacer nuestra una preocupación o mejor dicho una queja palpable en la calle. En el apartado de subvenciones nominativas en lo referente a deportes no se entiende que de 11.300,00 euros que hay presupuestados, 5.500,00 euros se destinen a promocionar diferentes pruebas automovilísticas. Por favor, no mezclemos el deporte base del Concejo, que es el que deberíamos de apoyar; con la publicidad o la promoción de eventos deportivos. No decimos que no se subvencionen esos actos; si se quiere destinar recursos a esas pruebas o promocionar a algún piloto colungués destínelo como Publicidad y propaganda y no como
fomento del deporte pues la gente del Concejo de Colunga seguirá sin entender que a una prueba automovilística se destine 2.000 o 3.000 euros y a un club de futbol, de futbol sala, a un equipo de atletismo, a un club deportivo etc. se le despache con 1.000 míseros euros o incluso con menos.

Queremos también dejar constancia que nos sigue pareciendo casi vergonzoso que a las asociaciones de jubilados del Concejo, con la función social que desempeñan se les despache con 300 míseros euros.


En cuanto a la liquidación del ejercicio 2009:

Existe un déficit de tesorería previsto para final de año de unos 39.000 euros aproximadamente, pero ahí está computado como ingreso previsto la liquidación de la licencia de la residencia de la tercera edad de Lastres por un importe de 87.000 euros. De no liquidarse dicho déficit pasaría a ser de 126.000 euros.

En cuanto al Ahorro neto que no es otra cosa que nuestra capacidad para generar ingresos corrientes que podamos destinar a inversiones y gastos de capital, decir que en el año 2005 teníamos un ahorro neto de más 730.000 euros los que nos permitía tener un nivel de inversiones aceptable para el Concejo de Colunga. Se prevee que nuestro ahorro neto a 31/12/2009 será de 58.741,38 euros. ¿Qué quiere decir? Qué la capacidad para financiar inversiones, gastos de capital y nuevos servicios con nuestros ingresos corrientes será poco más que escasa y prácticamente nos permitirá parchear caminos, mantener el alumbrado público y poco más.

Se dice que sería importante una modificación en la financiación de las entidades locales. Estamos totalmente de acuerdo pero cabe recordar que en agosto de 1999 nuestro presidente D. Vicente Álvares Areces se reunía con 78 alcaldes asturianos y les prometía un pacto local para la descentralización de competencias de la administración autonómica hacía la local. De ese pacto sólo queda la foto.

Por eso tenemos que reivindicar la puesta en marcha de manera inmediata de reformas institucionales en el ámbito de las haciendas locales que nos conduzca a alcanzar la autonomía efectiva y suficiencia financiera para así poder desempeñar con garantías las competencias que nos corresponden y prestar los servicios públicos y sociales que los ciudadanos nos demandan.

El año pasado reconocíamos al Sr. Alcalde y a su equipo de gobierno el gran poder negociador que tenían para conseguir subvenciones. Hoy nos tenemos que retractar, ya que muchas de ellas incluidas en el Presupuesto Histórico todavía no han llegado a Colunga (Consistorio, Biblioteca y Telecentro de Lastres…)

Parte del Presupuesto del año 2009 calificado como Histórico se quedó sólo en números, pues el porcentaje de ejecución así nos lo ratifica. Este presupuesto del 2010 si refleja más la situación actual de nuestro Ayuntamiento. Un Ayuntamiento que cada día depende más de los regalos en forma de subvención con las que nos quieran obsequiar los señores consejeros y que para este año 2010 son escasas e insuficientes.

El tiempo nos está dando la razón cuando decíamos que se palpaba una falta de inquietud y una falta de iniciativa en parte del equipo de gobierno pues estaban acostumbrados a que se lo dieran todo hecho. Y es que un buen equipo de gobierno no solamente debe saber repartir, destinar, ejecutar, salir bien en las fotos, etc. pues se está olvidando de los más importante; saber gestionar, que es ahí donde radica la diferencia entre eficacia y eficiencia.

Como nunca se nos deja participar en la elaboración de los presupuestos, proponer ideas, consensuar proyectos o simplemente mantenernos informados no vamos a apoyar los presupuestos para el 2010.”

El Sr. Alcalde replica al Sr. Manso, que cuando el mismo estuvo en la oposición, nunca se le llamó para decidir nada por parte del equipo de gobierno.

Por lo que se refiere a la presión fiscal del municipio de Colunga, se señala que estamos en la media de los Ayuntamientos de nuestro entorno inmediato, añadiendo igualmente que cuando el grupo popular dejó las labores de gobierno, la situación financiera se encontraba en números rojos.

Posteriormente el Sr. Pando Valle y el Sr. Gancedo Martínez, centran su discusión en dilucidar la iniciativa u autoría, en la impulsión y ejecución de determinadas obras de competencia municipal y autonómica.

Por parte del Sr. Gancedo se manifiesta que en la ejecución de las obras municipales, no se está contando con gente del concejo, a lo que el Sr. Alcalde repica que las obras se ejecutan por aquellas entidades adjudicatarias en los correspondientes procedimientos de licitación, ajustándose a lo determinado en la Ley de Contratos del Sector Público.

Posteriormente la discusión se centra en la concesión de determinadas subvenciones por parte de la Administración Municipal (Subida del Sueve, jubilados), así como aspectos relacionados con la prestación de determinados servicios públicos u actividades llevadas a cabo por parte de la Administración Municipal, criticándose los mismos por parte de los responsables del grupo popular y defendiéndose los mencionados proyectos, por el Sr. Alcalde-Presidente.

A continuación se centra la discusión entre el Sr. Alcalde-Presidente y el Sr. Gancedo, acerca del papel que desempeñaron los dos políticos en la impulsión y ejecución de la obra del Museo Jurásico.

Finalizada la deliberación y sometiéndose el asunto a votación se produce el siguiente resultado:

Votos a favor: 5 votos, emitidos por los concejales Srs. D. José Rogelio Pando Valle, Dñª. Mª Dolores Candel Martínez, Dña. Julia Cubiella Granda, Dña. Patricia Vega Valle, y D. José Ángel Llera Montoto.
Votos en contra: 2 votos, emitidos por los concejales Srs. D. Daniel E. Gancedo Martínez y D. Carlos Manso Rodríguez.
Abstenciones: Ninguna.

A la vista del resultado de la votación el Sr. Alcalde-Presidente declara adoptados, por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la entidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar inicialmente el presupuesto general 2010.

Segundo.- Ordenar la publicación del preceptivo anuncio de aprobación inicial en el BOPA, en orden a la apertura del plazo de información pública durante el periodo de quince días, durante los cuales, los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones que consideren oportunas ante el pleno de la entidad.

4.- RECTIFICACIÓN DE ERROR APROBACIÓN RECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES ACORDADOS CONTRA EL PRESUPUESTO 2010.

Considerando lo señalado en el art. 105.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común al establecer expresamente: “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

Visto lo señalado en el art 60.2 del RD 500/1990 de 20 de abril, de desarrollo de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, de Haciendas Locales en materia de presupuestos al fijar expresamente lo siguiente: “Corresponderá al pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera.”

Visto informe de la Intervención de Fondos Municipales de fecha 10 de noviembre de 2009.

Advertido error en la formación del anexo para reconocimientos extrajudiciales de crédito del presupuesto 2009, toda vez que el pago correspondiente a diversas facturas correspondientes a la entidad HIDROCANTÁBRICO por importe total de 15.354,92 € habían sido ya incluidas en el presupuesto de 1998 para su legalización.

En la fase de deliberación y debate se producen las siguientes intervenciones: No se producen intervenciones en el mencionado punto del orden del día.

Finalizada la deliberación y sometiéndose el asunto a votación se produce el siguiente resultado:
Votos a favor: 7 votos, emitidos por los concejales Srs. D. José Rogelio Pando Valle, Dña. Mª Dolores Candel Martínez, Dña. Julia Cubiella Granda, Dña. Patricia Vega Valle, D. José Ángel Llera Montoto, D. Daniel E. Gancedo Ruiz y D. Carlos Manso Rodríguez.
Votos en contra: Ninguno
Abstenciones: Ninguna
A la vista del resultado de la votación el Sr. Alcalde-Presidente declara adoptados, por la unanimidad de los miembros presentes en el acto, los siguientes acuerdos:
1.- Rectificar el error material o de hecho apreciado en el reconocimiento extrajudicial de crédito correspondiente al presupuesto 2009, respecto de diversas facturas correspondientes a la entidad HIDROCANTÁBRICO por importe total de 15.354,92 €, habiendo sido ya incluidas en el presupuesto de 1998 para su legalización, todo ello de conformidad con lo señalado en el art 105.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.
2.- Tomar razón en contabilidad de la presente rectificación, así como notificación del presente acuerdo a la Intervención de Fondos Municipal.
Y siendo las once horas y treinta minutos y no habiendo más asuntos que tratar en el Orden del Día, se dio por finalizada la sesión, de cuyo resultado se extiende la presente acta, de todo lo cual, yo, el Secretario, doy fe.