Pedro Leal: “Las izquierdas discriminan a 11.000 docentes del Principado al negarles el 2º nivel de carrera profesional como pedíamos desde FORO”

“Desde que se puso en marcha la llamada carrera profesional, siempre se ha observado el grado de desdén del Gobierno del Principado respecto de sus docentes”

“Los que se autodenominan defensores del empleo público favorecen que existan funcionarios de primera y de segunda categoría”

El presidente de FORO, Pedro Leal, al término del Pleno de la Junta General del Principado de Asturias, donde se debatió la propuesta de tramitación en lectura única del Proyecto de Ley del Principado de Asturias de medidas en materia de Función Pública como consecuencia de la prórroga presupuestaria, ha lamentado que “las izquierdas discriminan a 11.000 docentes del Principado al negarles el 2º nivel de carrera profesional como pedíamos desde FORO”.

“Desde que se puso en marcha de la llamada carrera profesional, siempre se ha observado el grado de desdén del Gobierno del Principado respecto de sus docentes”, añadió Pedro Leal, quien indicó que “los que se autodenominan defensores del empleo público favorecen que existan funcionarios de primera y de segunda categoría”. 

Intervención de Pedro Leal en el Pleno de la JGPA :

Sobre la presente de ley que se tramita, debemos de manifestar que estamos de acuerdo en gran medida con la misma, sin embargo, echamos de menos referencia alguna al segundo tramo de carrera profesional de los funcionarios que se dedican a la docencia, lo que se denomina el 2º Plan de Evaluación Docente. No podemos establecer funcionarios de primera y segunda categoría.

1.- No tenemos nada que objetar sobre el incremento retributivo máximo que permite la ya vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, su sector público y de la Universidad de Oviedo, PGE del Estado que FORO apoyó en las Cortes Generales.

2.- También trasladamos nuestra aquiescencia a la modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública, al efecto de reconocer del derecho a la carrera horizontal del personal funcionario interino y del  personal funcionario de otras Administraciones Públicas que ocupe puestos en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos sin haber obtenido destino definitivo, para adecuar nuestra normativa a la reiterada y sucesiva doctrina jurisprudencial que les otorga ese derecho a percibir el complemento retributivo de carrera profesional que hasta ahora se les negaba.

3.- Y en tercer lugar, resulta adecuado crear prácticamente un centenar de plazas tanto en el ERA, que se lleva la mayor parte, como al SEPEPA, más plazas de funcionarios en la Consejería de Hacienda y Sector Público, de las que 5 se destinen a la Inspección General de Servicios con el fin de reforzar en ambos casos las funciones de control que tienen encomendadas, control e inspección que cada día es más demandado por la sociedad, aunque nadie controle al controlador, como aconteció la pasada semana pasada cuando se amnistió al Síndico Mayor en esta Cámara.

4.- En cuanto al art. 2º, en el que se fija una determinada cuantía destinada al segundo grado de carrera profesional, que se corresponde con el doble de la fijada para el primer grado con efectos del 1 de enero de 2019, y se dirige a todos los funcionarios Públicos del Principado de Asturias, excepto a los funcionarios docentes. Esto refleja un grado de olvido del gobierno del Principado de Asturias hacia sus docentes.

Desde que se puso en marcha de la llamada carrera profesional, siempre se ha observado el grado de desdén del Gobierno del Principado respecto de sus docentes; en el año 2009 se suscribía el denominado primer Plan de Evaluación Docente. 

Esta ausencia de planificación del segundo tramo de la carrera profesional respecto al profesorado asturiano, propicia una discriminación flagrante del personal docente y establece distintas categorías de trabajadores en función de la Consejería en la que presten sus servicios.

Por ello resulta necesario la efectiva incorporación del personal docente al 2º nivel del Plan de Evaluación, al igual que se incluye para otros funcionarios del Principado.

Con esta actitud, el Gobierno del Principado incumple sistemáticamente el Estatuto Básico del Empleado Público, concretamente, el Capítulo II del Título III, regulador del “Derecho a la carrera profesional y promoción interna. La evaluación de desempeño”.

Incumple el gobierno su compromiso establecido en el Acuerdo de 5 de noviembre de 2009 suscrito por el Gobierno del Principado y las organizaciones sindicales ANPE y UGT, por el que se pacta, en su cláusula 5, que “el Gobierno del Principado de Asturias se compromete a que la evaluación de la función docente siga un recorrido paralelo, en sus plazos y cuantías económicas, al previsto para la carrera profesional que en su caso se establezca para el personal funcionario y laboral de la Administración del Principado de Asturias, hasta la plena implantación de la carrera profesional de los funcionarios docentes”.

Pues bien, para dar fiel y estricto cumplimiento a lo estipulado y que acabo de mencionar, se debe apoyar nuestra enmienda.

Con nuestra enmienda, tratamos de evitar la discriminación de los 11.000 docentes del Principado, y pretendemos establecer una regulación para establecer la efectiva incorporación del personal docente al 2º nivel del Plan de Evaluación, como contempla el Acuerdo, al igual que se incluye para otros funcionarios del Principado.