El origen colungués del documento más antiguo de la Edad Media en la península Ibérica y otras consideraciones…

Ego Fakilo

Omar Pardo Cortina

Asociación Española de Militares Escritores (A.E.M.E. 188)

De la Corona de Castilla y León, y también – fidedignamente comprobado - del resto de los entes políticos que entonces conformaban el actual territorio nacional, o sea el documento más antiguo de nuestro solar patrio sin duda, que no es poco.

Aún así la mayoría de nuestras autoridades locales y vecinos del común, entusiasmados con una ruinosa y esperpéntica programación Kkultural perrofláutica – es lo que el poder impone y no hay más - lo desconoce por completo, y eso que estamos ante un pergamino que es una joya de un valor económico y cultural incalculable, y eso no lo dice aquí el que suscribe, eso lo asegura entre otros sesudos especialistas Doña María Josefa Sanz, catedrática – ahora ya jubilada – de Ciencias y Técnicas Historiográficas de la Universidad de Oviedo que ha firmado varios artículos científicos de gran valor sobre este texto único y no es la única, pues los concienzudos estudios realizados por nuestros más brillantes paleógrafos han demostrado que este es el original más antiguo de todos los que se conservan de los reinos medievales ibéricos tras certificar que el Liber Testamentorum Adefonsis Regis Casti se trata de una copia varias décadas posterior, siendo pues así el primer original conservado de la Monarquía Asturiana y por tanto…

Aquí el que suscribe entiende – y así lo ha planteado a quien debe en varias ocasiones – que debiera al menos de haber una copia en su lugar de origen que no es otro que nuestra parroquia de Libardón, sí, sí, ni más ni menos que Libardón, así, como lo oyen.

Naturalmente como suele ser habitual por estos lares, mi planteamiento fue despreciado soberbiamente sin más por el princeps del plebeyismo de turno con esa sonrisa cazurra y prepotente de listo de pueblo con galones que se sabe bien respaldado por el masivo apoyo popular de sus iguales, algo muy al uso en la actualidad, que les voy a contar que ya no sepan…

La consecuencia de ello es que ni en misma parroquia de Libardón, ni en todo el entorno local - el de la tan cacareada Comarca de la Sidra incluida – haya referencia alguna a tal pergamino - Ni una simple copia – de una joya paleográfica de valor económico y cultural incalculable como ya les he indicado.

Nada raro en un entorno brutal en el que los todopoderosos y bien respaldados mediática y popularmente” princeps” del plebeyismo de turno ejercen su omnímodo poder con un despotismo tan consentido y aceptado como insolente.

La consecuencia de ello en el Municipio Colungués al menos es devastadora; ejemplos como el esperpéntico Camino Oficial de Santiago – ya no digamos, caminos - a su paso por nuestro solar que muy poco tiene que ver con el original con las nefastas consecuencias que ello conlleva (La más grave de ellas la omisión de la Iglesia Prerrománica de Gobiendes al obviar su ruta natural desde Güeñu por Sienra bordeando Mataspina y volviendo hacia Colunga a través de Pumaralbín bien a través de Solavilla o por la antigua vía romana de Coceña a Carrandi), eso sin contar ya claro la estúpida adaptación del mismo a los viales modernos cuya consecuencias más graves fueron la desaparición de dos de los vestigios más ancestrales del Camino en nuestro solar: La capilla del Santo Cristo de Pis (La Riera) y los restos probablemente de origen paleocristiano o prerrománico de la Capillina de Beldreu (comida por los escayos a pesar de las múltiples advertencias e irrecuperable totalmente ya) , o la cazurra omisión de la robada Cruz procesional Alto Medieval de Sales otro de los vestigios más señeros también de un valor cultural y económico incalculabe, entre otros, así que ante estos demoledores ejemplos, nos preguntamos hacia dónde nos acabará llevando este terrorífico guión perrrofáutico de política Kkultural al uso aplaudido fervorosamente hasta con las orejas por todo el mundo.

Mucho me temo que la situación sea irreversible, ya que el pueblo soberano él – O al menos eso le han dicho – seguirá respaldando por aplastante mayoría aquello que le digan los “mass media” de turno controlados a placer por el poder en la sombra, sí, ese que no se ve, y poderosamente cimentado para más “Inri” en el sufragio universal – quién lo diría -

O sea, dicho en cristiano, pues más o menos que aquello de que:
“Millones de moscas comen mi…a”
¡Pues eso…!
Ahí lo tienen:

EGO FAKILO
Cristus. In dei nomine ego fakilo uobis fratibus meis et abbatt me petro in
domino deo eterna salutem. Preuidentes mici fores animabus salubre
remedium erat ante deum mercis mici prueniat copiosa et ut nos: profetam
admonens dicit dissolbe colligaciones impietatis solue facsículos deprimentes
dimitte eos qui confracti sunt liueros et omnem non aserunt disrumpe: Et iterum
nec inicium nascendi nobimus nec scimus quando de ac uita transeamus, Pro
inde obsecro fraternitatem uestra == ut post: obitum uero deum qui ex uobis
supra uixerit; Ut pro remedium anime et do: atque concedo de omnem:
homnino: re: mea quinta porcionem qui me quatrat inter: eredes meos uel
nepotes id est in uillas prenominatas: fanum: columca: camauca in prie meo in
loe: siue in liuana tam: in uillas quan etiam in busta siue in uineas et pomifera
omnem ipsa quita qui me conpetet concedo uel abrenuncio ad sancta maria in
liverdonem ubi uos superius nominati in monasterio abitatis tam: uos quam:
eciam qui super uenerit qui in agonem Cristo ibidem estauerit firmiter illum:
obtineat uel defendant post parte monasteri uel eclesie sancte Marie : si quis
tamen quod fieri non credo ut ego aut aliquis contra anc scripturam uel
testamentum sanctum uenerie temtatauerit uel uenero ad inrumpendum sit
secregatus ad fide sancta et á sacra conmunione maneat extraneus et cum
iuda tradidorem damnatus sit in perpetum en inferant uel inferat uobis uel parte
eclesie quod ualere costat auri libras II : facta cartula abrenunciacionis VIII idus
Iulias era DCCCXXXXI

TRADUCCIÓN:
“En el nombre de Dios. Yo, Fakilo, a vosotros, hermanos míos, y a mi abad, Pedro (os deseo) eterna salud en el Señor. Ya antes de mi hubo quienes procuraron un remedio provechoso para las almas y para que ante Dios me resulte abundante su merced; y así, avisándonos, nos dice el profeta:
"Desatar las ligaduras de impiedad, soltar las ataduras del yugo, dejar libres a los quebrantados y romper toda carga que padezcan";
además, ni conocemos el principio de nuestra vida ni cuando nos ausentaremos de esta vida.

Por ello, suplico vivamente vuestra fraternidad para que quién de vosotros me sobreviviera tras mi muerte, para remedio de mi alma, y doy y concedo el total de todo de mi quinta porción que me cuadra entre mis herederos o nietos, a saber, las caserías llamadas Fanu, en Colunga, en Priemeo, en Lué, y en Livana, tanto en la casería como en los prados, en las viñas y en los pumares, toda la parte que me toca la dono, y renuncio, a Santa María en Libardón donde vosotros, los antes referidos, vivís la vida monasterial, tanto a vosotros como al que después viniese que allí luchase en el combate de Cristo, firmemente lo tengan y lo defiendan después como parte del monasterio y de la iglesia de Santa María.

Si, y sin embargo, alguno, o yo otro cualquiera, lo que no creo que ocurra, contra esta escritura o testamento viniese o lo intentase, o yo viniese a turbarla, seda apartado de la santa fe y extrañado de la santa comunión y con Judas el traidor sea condenado para siempre y paguen o pague a vosotros o a la parte de la iglesia que haga constar su derecho, dos libras de oro. Hecha la carta de renuncia el día 8 de los idus de julio de la era DCCCXXXXI (año 803 de la actual)”

Omar Pardo Cortina.
Asociación Española de Militares Escritores (A.E.M.E. 188)