El consejero de Educación y Cultura, Genaro Alonso, ha anunciado hoy en la Junta General del Principado que la modificación del decreto 249/2007, de 26 de septiembre, que regula los derechos y deberes del alumnado, estará lista a finales de curso.

Este cambio normativo es necesario para el posterior desarrollo de la Ley de Medidas de Autoridad del Profesorado. Para este fin, también será preciso revisar el decreto que regula la organización y funcionamiento del servicio jurídico y hace referencia a la asistencia jurídica del profesorado.

Los cambios en el decreto de derechos y deberes del alumnado afectan a 26 de sus 49 artículos y los más sustanciales se refieren a los siguientes apartados:

   - Las competencias del profesorado para reforzar su autoridad y su intervención en la corrección de conductas.

   - El deber de respeto al profesorado.

   - La incorporación de nuevas conductas y la mención expresa a la gravedad de aquellas que afecten a la autoridad del profesorado.

   - La presunción de veracidad, siempre que se documenten por escrito los hechos, incorporando una valoración de la gravedad que realiza el profesor agraviado y una propuesta de corrección.

   - La reducción de los plazos a la mitad, para dar cumplimiento al principio de celeridad e inmediatez.

   - La incorporación de medidas provisionales para los casos en que, por la gravedad de los hechos cometidos, la presencia del alumno en el centro suponga un perjuicio o menoscabo de los derechos y de la dignidad del profesorado.

El titular de Educación ha subrayado que la modificación del decreto 249/2007 será revisada por el Consejo Escolar del Principado. El nuevo texto se someterá, asimismo, a un trámite de información pública que permitirá realizar alegaciones.

El Ejecutivo autonómico también deberá abordar el cambio del decreto 20/1997, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico. Una vez modificado, se elaborará una norma específica que regule y organice la asistencia jurídica del profesorado. Este nuevo texto favorecerá una posición procesal activa; es decir, permitirá al docente demandar a otra persona limitando la asistencia al contexto del ejercicio de su profesión. 

 

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