Obtener ayudas económicas para la adquisición de productos de apoyo y la eliminación de barreras arquitectónicas en el hogar para potenciar la permanencia de las personas mayores en su medio habitual de vida o en un entorno adecuado y facilitar su desenvolvimiento en las actividades de la vida diaria.

Quienes no ostenten la nacionalidad española, o la condición de nacional de los estados miembros de la Unión Europea además, habrán de tener el permiso de residencia.

Se entiende por unidad familiar la formada por el interesado, y en su caso, su cónyuge o pareja estable, así como por las demás personas que, conviviendo en el mismo domicilio familiar, tengan con aquel relación de parentesco por consanguinidad o por afinidad hasta el segundo grado inclusive.

Para la adquisición de productos de apoyo:

Solamente se podrá solicitar ayuda para un producto de apoyo o eliminación de barreras. Se considerará como un solo producto de apoyo:

En su defecto, prestar el consentimiento para la comprobación de la situación socio económica de todos los miembros de la unidad familiar. Dicho consentimiento se realizará con la firma de todos los miembros de la unidad familiar en los apartados correspondientes a cada miembro que se hayan en la página 2 del modelo normalizado de solicitud.

Las ayudas irán destinadas a financiar gastos realizados durante el ejercicio presupuestario 2019, así como aquellos realizados en el año anterior desde el 3 de abril de 2018.

En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, supere el coste máximo establecido en las presentes bases para el fin concreto solicitado.

La cuantía a conceder será la menor de estas dos cantidades:

La cuantía máxima por solicitante, en el caso de subvención será la establecida para cada concepto según refleja la convocatoria en su anexo I 

Para ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS:

Para ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE APOYO: Ver Más información Anexo I.

Aquellas personas que tengan su domicilio en Centros Residenciales NO podrán solicitar ayudas para productos de apoyo que deban ser proporcionados por el propio centro.

Copyright © 2019 Ayuntamiento de Llanes. Todos los derechos reservados.