El Ayuntamiento de Llanes convoca la constitución de una bolsa de empleo en la categoría de Técnico de Empleo y Desarrollo Local

Los interesados disponen de 10 hábiles para inscribirse, contados a partir del día siguiente a la publicación del citado anuncio en el BOPA.

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO EN LA CATEGORÍA DE TÉCNICO DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL

Primera.-Normas generales.

1.-Objeto de la convocatoria: Es objeto de la presente convocatoria la elaboración de una bolsa de empleo en la categoría de "Técnico de empleo y desarrollo local", a efectos de su contratación/nombramiento con carácter temporal, y todo ello con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico.

2.-Legislación aplicable: A la presente convocatoria le será de aplicación lo establecido en las presentes bases, Resolución de 11 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a los costes laborales de los técnicos de empleo y desarrollo local; Resolución de 13 de septiembre de 2019, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria 2019 de concesión de subvenciones a Entidades Locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias: Costes laborales de técnicos de empleo y desarrollo local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres; RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y demás legislación general sobre función pública y función pública local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y en el Reglamento regulador de la selección de personal no permanente y del funcionamiento de las bolsas de trabajo en el ámbito del Ayuntamiento de Llanes.

3.-Régimen de incompatibilidades: El personal seleccionado estará sujeto a la normativa de incompatibilidades prevista para los empleados públicos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

4.-Publicidad: El anuncio de la convocatoria se publicará en el BOPA, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipales (www.ayuntamientodellanes.com), conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir en su integridad. Los sucesivos anuncios relativos a las pruebas se publicarán únicamente en el Tablón de anuncios y página web municipales.

5.-Jornada laboral: La jornada de trabajo será a tiempo completo o a tiempo parcial, dependiendo de las necesidades del servicio.

6.-Período de prueba: El personal contratado tendrá un período de prueba máximo de dos meses. En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada del artículo 15 concertados por tiempo no superior a seis meses, el período de prueba no podrá exceder de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

7.-Sistema selectivo: La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición; el orden de colocación de cada aspirante será consecuencia de la puntuación obtenida por las sumas de ambas fases en el proceso de selección para aquellos que hayan superado la fase de oposición de carácter eliminatorio.

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