Llanes, 15 mayo de 2020 Llanes acuerda la continuidad de los procedimientos de contratos menores indispensables para el interés general o para el funcionamiento básico de los servicios

El Ayuntamiento de Llanes ha decidido dar continuidad a los procedimientos relativos a contratos menores regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cuya iniciación se acuerde, en su caso, durante el estado de alarma.

Tras declararse el 14 de marzo el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se fijó la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

No obstante, la disposición establecía la posibilidad de acordar motivadamente aquellos procedimientos (...) "que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios", y son precisamente este tipo de procedimientos los que el Ayuntamiento de Llanes quiere seguir sacando adelante.

Se trata de contratos de Suministros y Servicios por debajo de 15.000 euros más IVA y de contratos de Obra por debajo de 40.000 euros más IVA, que permitirán al Consistorio llanisco poder seguir realizando distintas actuaciones consideradas de interés general para los vecinos del concejo.

El anuncio de la esta Resolución de Alcaldía aparece publicado hoy viernes, 15 de mayo, en el BOPA.

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AYUNTAMIENTO DE LLANES

Resolución de la Alcaldía. Continuidad de los procedimientos relativos a contratos menores.

Don Juan Carlos Armas Sierra, Concejal Delegado de Contratación Pública de este Excmo. Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de régimen Local en su nueva redacción dada Ley 57/2003 de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local y concordantes del R.D. 2568/86 por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Resolución de la Alcaldía de 27 de junio de 2019 (BOPA n.º 130, de 8 de julio de 2019), confiriendo delegación genérica para dirigir los servicios correspondientes, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros,

El 14 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Disposición Adicional 3.ª del citado Real Decreto establece la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

No obstante lo anterior, el apartado 4 de dicha Disposición Adicional en la redacción dada por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establece la posibilidad de acordar motivadamente aquellos procedimientos (...) "que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios".

En este sentido, por el negociado de Vicesecretaría se tramitan los procedimientos relativos a contratos menores regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Se considera conveniente acordar la continuidad de tales procedimientos con la finalidad de no ocasionar perjuicios adicionales al ciudadano y, en particular, por la celeridad que exige la realización de determinadas obras relativas a mantenimientos necesarios, así como, aquellos suministros y servicios que permitan continuar con la actividad diaria del municipio, salvaguardando los intereses públicos, la seguridad de los vecinos y la protección de sus derechos.

Por todo lo cual, y vistas las circulares emitidas por la Secretaría General y en el ejercicio de las competencias que ostenta esta Concejalía Delegada de Contratación Pública

RESUELVO

Primero.-Acordar la continuidad de los procedimientos relativos a contratos menores regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

La presente resolución comprende la continuidad de los procedimientos cuya iniciación se acuerde, en su caso, durante el estado de alarma.

Segundo.-Publicar anuncio de la presente resolución en el BOPA a los efectos señalados en el art. 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.

En Llanes, a 24 de abril de 2020.-Lo manda y firma, el Concejal de Contratación Pública.- Ante mí, el Secretario.-Cód. 2020-03079.