“No dormiría tranquilo si , habiendo sido formalmente advertido de las irregularidades que han conducido a la anulación por el Tribunal Supremo, y antes por el TSJA, de este documento, lo hubiese aprobado con mi voto”

 

El abogado de Andecha Astur encargado del recurso de contra el PGOU de Llanes Javier Álvarez de Linera-Prado (continuador en esta labor de la abogada Carmen Alvarez Carril responsable hasta su práctica conclusión) realizó unas primeras declaraciones de la sentencia del Tribunal Supremo ratificando su anulación y sobre algunas de las consecuencias que puede traer. Andecha Astur y su servicio jurídico se encuentran estudiando a fondo la sentencia y las próximas acciones a llevar a cabo socio-políticas y legales.

SUELO ADQUIRIDO NO CONSTRUIDO

“quien haya adquirido un suelo que tomó  a su vez la facultad de urbano y por tanto edificable bajo este PGOU, y en el que aún no ha edificado nada, puede encontrarse con qué ahora su finca es “rústica”, como lo fue antes de ser aprobado este PGOU,  ahora anulado sin posibilidad de recurso, y podrá reclamar judicialmente  a quien se lo vendió la devolución del pago. Así mismo, el vendedor podría exigir, tambien judicialmente, daños y perjuicios al Ayuntamiento de Llanes y a la CUOTA, con lo que, seremos todos los asturianos, especialmente los llaniscos, quienes pagariamos de nuestro bolsillo tal perjuicio”.

SUELO YA EDIFICADO

Pese a que podría ser aplicable “el principio de conservacion de los actos administrativos, habrá, sin duda, muchos casos, en los que tal principio no pueda sostenerse en Derecho y por tanto, queden expuestos a una insalvable demolición”.  Para el abogado de Andecha Astur  el Plan Parcial de  La Talá, que tiene una sentencia anulatoria como un caso aparte, y está pendiente de sentencia del Tribunal Supremo,  es “el caso más claro de potencial demolicion de lo construido” 

-La Talá

En La Tala, lo que antes era un paraje alto valor ecologico y paisajístico, ahora existe un extenso área de terreno, completamente urbanizada, en la que, pese a ello, solo se han construido dos viviendas unifamiliares. En opinion de Álvarez de Linera, “quienes compraron esas tierras pueden exigir la devolución de su importe y actuar contra quien se las vendió.” El propietario  mayoritario, con diferencia, de la Junta de Compensación de La Tala es en este momento CAJASTUR, quien a través de su filial Beyos y Ponga S.L. la recibió de la empresa NOZAR a cambio  de la condonación del crédito millonario que esta había contraido con la entidad bancaria. “Pero, teniendo en cuenta la situacion concursal de NOZAR, es extremadamente dificil, por no decir imposible, que CAJASTUR , es decir, todos los impositores de esa Caja, puedan recuperar absolutamente nada, por lo que, de nuevo, son los ciudadanos los que pagan el desaguisado”, advierte el letrado.

RESPONSABILIDADES PATRIMONIALES PERSONALES

En cuanto a “responsabilidades patrimoniales personales se refiere”, el abogado ovetense , recuerda que tanto los mienbros de la Corporación llanisca como los de la CUOTA “fueron advertidos formalmente antes de votar favorablemnte este PGOU ahora anulado, concretamente por la asociación AVALL, y aunque es muy dificil establecer una acusación en ese sentido y dirimir las responsabilidades personales, tengo que decir que en estos momentos no me gustaría ser miembro de la CUOTA ni del gobierno municipal llanisco. No dormiría tranquilo si , habiendo sido formalmente advertido de las irregularidades que han conducido a la anulación por el Tribunal Supremo, y antes por el TSJA, de este documento, lo hubiese aprobado con mi voto”.