El Alcalde de Ponga, Cándido Vega, de FORO, ha sido absuelto de los tres delitos (uno contra los recursos naturales y el medio ambiente, otro de prevaricación y otro continuado de desobediencia) de los que le acusaron la Fiscalía y el Gobierno del Principado cuando lo presidía el socialista Vicente Álvarez Areces y tenía como responsable de Medio Ambiente a la actual Consejera de Fomento, Belén Fernández

En una clara persecución política para la que no se reparó en utilizar la vía penal, las acusaciones llegaron a pedir penas de tres años de prisión, siete años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público y multa de dieciocho meses para Vega, por ordenar en 2008 el acondicionamiento y limpieza de las pistas de acceso a las majadas ganaderas del concejo de Ponga, para que los ganaderos pudieran subir a atender a sus reses en una situación de emergencia como era la epidemia de lengua azul. También se pedía pena de prisión para los dos empleados municipales que llevaron a cabo esos trabajos. El Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, que acaba de dar a conocer su sentencia, considera que no existe delito alguno y sólo responsabiliza al regidor y a los dos trabajadores de una falta de desobediencia leve, que castiga con multa de sesenta días.

“Agradecemos que se haya hecho justicia, tanto para el Alcalde como para los dos trabajadores”, ha manifestado el Presidente de la comisión de estudio de Agroganadería de FORO Asturias, el diputado autonómico Albano Longo, quien añadió que estas tres personas “han tenido que pasar por un verdadero calvario, víctimas de la persecución política de quienes judicializaron un expediente administrativo con la intención de echar de la Alcaldía mediante procedimientos antidemocráticos a alguien que cuenta con el apoyo de sus vecinos, reiterado con mayoría absoluta”.

“No puedo dejar de pensar en la llamativa doble vara de medir de doña Belén Fernández, actual consejera de Fomento, con su débil actitud ante Hidroeléctrica del Cantábrico (empresa cuyos responsables no se han dignado, una semana después del vertido de Aboño, a realizar ningún tipo de declaración pública acerca de los vertidos en la costa asturiana) y el maltrato dispensado a Cándido Vega y a dos palistas a quienes se les estuvo a punto de arruinar la vida”, añadió Longo. Destacó, asimismo, que “el alcalde de Ponga actuó siempre en favor de los intereses de sus vecinos y con el respaldo unánime de su Ayuntamiento frente a una situación extraordinaria como era la enfermedad de la lengua azul y ante la ausencia completa de respuesta por parte de la Administración”.

La sentencia, que deja claro que si el Ayuntamiento procedió a la limpieza de las pistas sin esperar la autorización de la Consejería de Medio Rural fue en defensa de los intereses de los vecinos ganaderos, para “dotarles de un camino más accesible a las majadas”, desmonta uno por uno los argumentos de las acusaciones. Sobre el pretendido delito contra los recursos naturales, afirma que las pruebas presentadas “en ningún momento han concretado qué daño grave se causó con los trabajos realizados a alguno de los elementos del espacio natural protegido”, y el Código Penal exige expresamente la producción de ese daño para que exista figura delictiva.

También considera el Juez que el comportamiento del Alcalde “no es constitutivo del delito de prevaricación”, por “no tratarse de un trámite formal esencial (al poder ser subsanable)” la autorización de la Consejería. Y finalmente, la resolución judicial estima que, si bien es cierto que Vega y los dos empleados del Ayuntamiento desobedecieron la orden de los guardas forestales de no ejecutar los trabajos, “solamente perseguían, con su oposición a la orden de los agentes de la autoridad, facilitar el acceso a las majadas a sus vecinos ganaderos”. Por ello, “por virtud del principio de proporcionalidad”, no estima constitutiva de delito su conducta, sino solamente de falta, lo que no lleva aparejado ningún tipo de inhabilitación para cargo público.

El abogado de Cándido Vega, Carlos Rodríguez Rivas, se ha mostrado “plenamente satisfecho” con esta sentencia, porque en ella “se pone de manifiesto lo que siempre manifestó la defensa: que no existía delito alguno y que en todo momento desde el Ayuntamiento se actuó en interés de los vecinos”.