Ampliación plazo resolución ERTEs fuerza mayor

Se ha publicado en el suplemento del BOPA de hoy, día 30 de marzo de 2020, una ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de todos los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID -19, incluida la declaración del estado de alarma, que se tramiten por dicha Dirección, ampliando cinco días el plazo previsto en el 22 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Las cuestiones que puede suscitar la mencionada resolución, en el presente entorno de incertidumbre jurídica en el que nos movemos, son las siguientes:

  • Si es aplicable sólo a aquellos procedimientos que a la fecha de hoy, 30 de marzo de 2020, no hubieran finalizado ya por silencio positivo: consideramos que esto sería lo lógico y lo acorde al ordenamiento jurídico, ya que no se puede ampliar un procedimiento que ya ha terminado por silencio administrativo.
  • Que se trata de una ampliación, no del establecimiento de un nuevo plazo de diez días, por lo que si por ejemplo, ya han transcurrido cuatro días, quedarían seis.

Importante: El plazo de comunicación al Servicio Público de Empleo establecido en el art 3 del Real Decreto-Ley 9/2020 sigue siendo aplicable.

BOPA