Carmen Fernández: “Se aproxima el fin del plazo para actualizar las comisiones rectoras de los Parques a la nueva ley que incluye a propietarios y no se conoce acción ninguna del gobierno de Javier Fernández”

“La ley ya permite a los propietarios formar parte del órgano decisivo de los Parques Naturales, el gobierno debe cumplir la norma y apenas le quedan unos días”

“En la tramitación de los IGI’s anulados en los tribunales ya deben participar los titulares de derechos afectados de cada parque”

“FORO defenderá una propuesta para que el Gobierno cumpla con las exigencias que le presenta la ley modificada a iniciativa de nuestro grupo”

La diputada de FORO y portavoz en materia de Desarrollo Rural en la Junta General del Principado de Asturias, Carmen Fernández, ha manifestado hoy su preocupación ante la finalización del plazo que el Gobierno de Asturias tiene para desarrollar la Ley del Principado de Asturias 10/2017, de 24 de noviembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 5/91, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales. “El desarrollo de las disposiciones reglamentarias necesarias, oídos los ayuntamientos afectados, tiene un plazo según la ley de tres meses a partir del 2 de diciembre que entró en vigor, es decir, que se aproxima el fin del plazo del gobierno para actualizar las comisiones rectoras de los Parques Naturales a la nueva ley que incluye a propietarios y no se conoce acción ninguna por parte del gobierno de Javier Fernández”.

La falta de comunicación del Gobierno de Asturias es motivo de sospecha para la diputada de FORO, que duda de la operatividad de la Consejería, por ello afirma que “la ley ya permite a los propietarios formar parte del órgano decisivo de los Parques Naturales, el gobierno debe cumplir la norma y apenas le queda unos días”.

“Esta tramitación debe ser previa a la realización de los nuevos Instrumentos de Gestión Integrados (IGI’s) de los Parques, que ahora se ven modificados, por lo que le pedimos al gobierno que en aquellos parques que están anulados los IGI’s por los tribunales se realicen ya contando con los titulares de derechos afectados”, señala Carmen Fernández, que enfatiza diciendo que “en la tramitación de los IGI’s anulados en los tribunales ya deben participar los titulares de derechos afectados de cada parque”.

En este sentido FORO ha anunciado una Proposición No de Ley para su debate en la Junta General que oriente al gobierno para que realice el trabajo que le corresponde. “FORO defenderá una propuesta para que el Gobierno cumpla con las exigencias que le presenta la ley modificada a iniciativa de nuestro grupo”, indica.

Texto íntegro de la Proposición No de Ley presentada en la Junta General:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 1 de diciembre de 2017, publica la Ley del Principado de Asturias 10/2017, de 24 de noviembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 5/91, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales, aprobada a instancias del Grupo Parlamentario de FORO en la Junta General del Principado.

Dicha norma indica en su disposición final séptima titulada “Entrada en vigor”, que “La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias”, cuestión que evidencia su plena vigencia al tiempo de formulación de la presente propuesta.

En sus distintas Disposiciones Finales, esta norma modifica las Leyes que crean los distintos Parques Naturales del Principado de Asturias para adaptar su composición al cambio legal incluyendo a las Parroquias Rurales y a los titulares de intereses afectados.

Y así mismo en su Disposición Final Sexta, dicha norma indica bajo el título “Habilitación de desarrollo reglamentario” que “El Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para su desarrollo, oídos los ayuntamientos afectados”.

Del mismo modo, esta norma indica en su “Disposición derogatoria”, que  “Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley”.

Por otro lado, distintas Sentencias Judiciales han anulado los Instrumentos de Gestión Integrados de los Parques Naturales de Ubiñas-La Mesa, y de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, que aún no han sido aprobados de nuevo, y en cuyo procedimiento de aprobación, obviamente, deberían participar las nuevas Comisiones Rectoras, conformadas conforme a lo dispuesto tras la modificación operada en la Ley 5/91 de protección de los Espacios Naturales y su incidencia sobre las leyes que crean cada uno de los Parques Naturales asturianos.

Parece lógico, por obvio, que se proceda en primer lugar a modificar la composición de las respectivas Comisiones Rectoras del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, y de Ubiñas-La Mesa, para adaptarlas al cambio normativo, para que posteriormente, sean las nuevas Comisiones Rectoras surgidas de dicho cambio, las que procedan a desarrollar sus competencias respecto al proceso de aprobación de los nuevos Instrumentos de Gestión Integrados de los Parques Naturales.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Portavoz que suscribe presenta para su debate ante el Pleno de la Junta General del Principado de Asturias, la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Junta General del Principado de Asturias  insta al Consejo de Gobierno a:

Primero.- Instar, al Gobierno del Principado de Asturias, a la realización de los trámites necesarios para modificar, la composición de las Comisiones Rectoras de los Parques Naturales asturianos para cumplir con los cambios operados en sus respectivas leyes de creación, a raíz de la reciente aprobación de la Ley del Principado de Asturias 10/2017, de 24 de noviembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 5/91, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales, en aras a la inclusión en dichas Comisiones Rectoras de las Parroquias Rurales y de los titulares de derechos afectados, en la forma legalmente prevista al efecto.

Segundo.- Instar al Gobierno del Principado de Asturias a que, una vez adecuada la composición de la nueva Comisión Rectora del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, y de Ubiñas-La Mesa, a los mencionados cambios normativos, se inicien los trámites tendentes a la aprobación de los respectivos nuevos IGIs, sustitutivos de los anulados en ambos casos por Sentencias Judiciales, conforme al procedimiento legalmente previsto al respecto, con la participación de la nueva Comisión Rectora.

Tercero.- Instar al Gobierno del Principado de Asturias a que, teniendo en cuenta lo previsto en el apartado dos del artículo único de la Ley del Principado de Asturias 10/2017, de 24 de noviembre, de tercera modificación de la Ley del Principado de Asturias 5/91, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales, el porcentaje de representación en la Comisión Rectora del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, de los representantes de los titulares de derechos afectados en proporción a la superficie de titularidad privada en el ámbito territorial del Parque respecto a los terrenos de titularidad pública, alcance el límite del 49 % del total de miembros, legalmente permitido, alcanzando en el resto de los Parques Naturales la proporción que corresponda en función de la ratio de superficie de propiedad privada existente en cada caso concreto.

Cuarto.- Instar al Gobierno del Principado de Asturias a garantizar, en la composición de las distintas Comisiones Rectoras de los Parques Naturales asturianos,  los principios de representación paritaria entre mujeres y hombres y de equilibrio entre los distintos representantes de los derechos afectados, así como criterios de transparencia democrática en la elección de los representantes de los particulares que sean titulares de derechos afectados que soliciten su pertenencia a las Comisiones Rectoras.