El Gobierno del Asturias adaptará de manera prioritaria una veintena de elementos de su ordenamiento jurídico a las normas básicas para impulsar la reforma y la transformación digital del procedimiento administrativo en el Principado. Esta reforma afectará a once resoluciones sobre procedimientos en materia de registros y trámites de carácter tecnológico, seis decretos sobre funcionamiento de los registros, procedimientos sancionadores y la selección e ingreso de personal en la Administración, y tres leyes: la Ley 2/1995, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 8/1991, de Organización de la Administración del Principado de Asturias, y la Ley 8/1985, reguladora de la publicidad de las normas.

La Comisión de Simplificación Administrativa ha acordado esta primera adaptación en su reunión de hoy, en la que el consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez, ha presentado dos importantes medidas que permitirán poner a disposición de empresas, emprendedores y ciudadanos procedimientos más sencillos y ágiles:

   - La versión definitiva del protocolo para la elaboración y mejora de la calidad de las normas de carácter general impulsadas por la Administración autonómica.

   - El Plan de Iniciativas Normativas, que incluye el informe sobre las áreas prioritarias de actuación, en el que se recogen las normas y reglamentos que han de reformularse con carácter prioritario.

Con la aprobación de ambos documentos, el Gobierno avanza en su compromiso de presentar un Plan Estratégico de Simplificación Administrativa y Reducción de Cargas Burocráticas a lo largo de 2018, el quinto de los objetivos que se marcó a principios de año y de los cuales ha cumplido cuatro: la creación de la comisión y de los dos grupos de trabajo que la integran; la presentación del manual de simplificación administrativa; la aprobación de un protocolo de calidad normativa, y la elaboración del Plan de Iniciativas Normativas Prioritarias.

El protocolo presentado hoy detalla los requisitos y obligaciones para la elaboración de reglamentos y anteproyectos de ley, y advierte de que se deben tener en cuenta aspectos relacionados con cuatro ámbitos: los procesos de consulta pública y de participación ciudadana; los informes, preceptivos o no, que es preciso solicitar en materia de impacto de género, incidencia de las normas en la infancia y la adolescencia, y los dictámenes del Consejo Consultivo y del Consejo Económico y Social; los mecanismos de comunicación para asegurar que las normas cumplen sus objetivos de forma eficaz, promoviendo un marco regulatorio transparente, predecible y favorable para la actividad económica y para la seguridad y el bienestar de la ciudadanía, y la necesidad de que las normas incorporen sendas memorias donde se justifique claramente los motivos para su redacción y los beneficios económicos de su aprobación.

El Gobierno de Asturias ya está aplicando estos principios en algunas normativas ya aprobadas, como en el caso del Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico, donde se ha avanzado en la sustitución de autorizaciones administrativas previas por declaraciones responsables que serán comprobadas posteriormente. También se han aplicado en el Decreto 62/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y la expedición y renovación del título que lo acredita, se ha ampliado su validez a cinco años para evitar renovaciones innecesarias si las condiciones familiares no han variado.

El pan de iniciativas y el informe de las áreas sobre las que primero ha de actuarse indican las reformas que han de llevarse a cabo en el ordenamiento jurídico autonómico para adaptarlo a los cambios en la legislación básica y en las normas vigentes en el Principado para que el proceso administrativo responda a los siguientes principios de actuación y de funcionamiento del sector público: simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos; racionalización y agilidad de los procedimientos; planificación y dirección por objetivos, y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas.