En las últimas semanas están apareciendo noticias inquietantes sobre proyectos de parques eólicos en espacios naturales y zonas de exclusión con altos valores ambientales. Además en medio de estas noticias alarmantes va y aparece en el BOPA de 3 de marzo el inicio de un proceso de modificación del decreto de directrices de ordenación del aprovechamiento de la energía eólica que pretende establecer una regulación más permisiva, al tiempo que conocemos que la Directora General de Industria, Rosana Prada, hasta el momento mismo de ser nombrada alto cargo del Principado trabajaba como empleada para la empresa Capital Energy que opta a 40 proyectos eólicos, resultando muy llamativo que en este momento la Consejería de Industria esté pretendiendo modificar las directrices para flexibilizar la norma y favorecer la implantación de parques eólicos.

Por otra parte, debemos ser conscientes que se hace necesario impulsar el despliegue de las energías renovables libres de emisiones, como es la eólica, que sustituyan a los combustibles fósiles con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática en el año 2.050, por tanto, desde Podemos Asturies consideramos que se debe rechazar cualquier tipo de paralización o moratoria como la decretada a partir del año 2009 y posteriores y que tanto daño y retraso produjo en nuestra incorporación al escenario de transición energética.

Pero mientras los beneficios ambientales que proporciona la energía eólica son de carácter global, los impactos ambientales y territoriales que produce son de carácter local. Por tanto, la instalación de parques eólicos debe tener en cuenta una serie de requisitos en las diferentes fases que garanticen la planificación territorial y energética desde los poderes públicos y no desde los oligopolios energéticos y sus puertas giratorias, la adecuada evaluación de los impactos ambientales y la correcta ejecución de las obras y medidas correctoras.

En ese sentido, queremos manifestar que se debe respetar de forma estricta la zonificación y las exclusiones establecidas en el decreto 42/2008 de 15 de mayo de Directrices Sectoriales de Ordenación del Territorio para el Aprovechamiento de la Energía Eólica en el Principáu d’Asturies, debiendo quedar por tanto exceptuados de la implantación de torres eólicas los espacios de alto valor medioambiental, como es el Parque Natural de Somiedo, así como todos aquellos otros de interés arqueológico, faunístico, forestal y espacios naturales protegidos, tal y como establecen y delimitan de forma clara y detallada las citadas Directrices. Por tanto, Podemos Asturies rechaza cualquier modificación del Decreto de Directrices del año 2008 que pueda hacer más laxa la zonificación y exclusiones establecidas en aquel momento.

Por otro lado, la aceptación social del proyecto debe ser un trámite de obligado cumplimiento, y para llevarlo a cabo es preciso realizar encuestas y sondeos representativos en todos los colectivos afectados, vecin@s cercanas y usuari@s de la zona de instalación del parque eólico. Debiendo buscarse el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a las personas afectadas sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.

La energía eólica debe ser una oportunidad para generar empleos sostenibles y de calidad que deben compensar las pérdidas que supone el abandono de las energías fósiles. Empleos que requerirán nuevos perfiles profesionales y formativos a los que el sistema educativo y de formación deberá dar una respuesta clara, con itinerarios de inserción ajustados que permitan la adaptación de las y los trabajadores provenientes de los sectores energéticos tradicionales. Por otro lado, desde la vertiente de género, se deben promover políticas que favorezcan el empleo femenino en el sector pues en la actualidad arroja una desproporción de 1:3 respecto al masculino.

Por último, se deben explorar otros espacios de instalación de centrales eólicas o de otro tipo de producción de energías renovables que supongan el menor impacto ambiental posible, independientemente de los intereses de las grandes compañías solicitantes.

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.

Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.