Llanes, 12 de agosto 2020

Alcaldías de Barrio de Llanes: resolución plazo de 5 días para subsanación de defectos y presentación de reclamaciones, y proclamación candidaturas únicas

Resolución:

Doña María Covadonga García de la Llana, Alcaldesa en funciones de este Excmo. Ayuntamiento, según resolución de alcaldía de fecha 23 de julio de 2020, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente y de conformidad con el Artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de régimen Local en su nueva redacción dada por Ley 57/2003 y concordantes del R.D. 2568/86 por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

CONSIDERANDO , el BANDO de fecha 6 de febrero de 2020 por el que se comunica el inicio del proceso para la elección democrática de Alcaldes de Barrio y/o Juntas Vecinales en el Concejo de Llanes, dando un plazo de presentación de candidaturas desde el día 10 hasta el día 28 de febrero, y el BANDO de fecha 25 de febrero por el que se decide ampliar el plazo de presentación de candidaturas hasta el día 6 de marzo de 2020.

CONSIDERANDO , que en ambos BANDOS se prevé que en las localidades en que sólo se presente una candidatura no será necesaria la realización de votaciones.

CONSIDERANDO , que en el citado plazo se han presentado las siguientes candidaturas para Alcaldes de Barrio y/o Juntas Vecinales (se indica expresamente), por orden alfabético:

H E     R E S U E L T O

Primero.- Aprobar las candidaturas antes indicadas.

Segundo. - Abrir un plazo de 5 días hábiles para subsanación de defectos y presentación de reclamaciones. De no producirse ninguna reclamación esta resolución se elevará a definitiva.

Tercero. - Aceptar la renuncia a la Alcaldía de Barrio de Cué presentada con fecha 24 de abril de 2020 por María Dolores Mijares García.

Cuarto.- Proclamar directamente en las localidades en las que solo se haya presentado una candidatura como Alcaldía de Barrio o Junta Vecinal a dichos Alcaldes de Barrio o miembros de las Juntas Vecinales, de acuerdo a lo establecido en los BANDOS de Alcaldía de fechas 6 y 25 de febrero de 2020, es decir, en las localidades de: Allende de Vibaño, Andrín, Ardisana, Balmori, Belmonte de Pría, Borbolla (La), Bricia, Cué, Garaña de Pría, Hontoria, Llamigo, Lledías, Meré, Niembro, Nueva, Palacio de Ardisana, Pancar, Parres, Pesa de Pría (La), Pie de la Sierra, Piedra, Piñeres de Pría, Poo, Portilla (La), Purón, Quintana, Rales, Riego, Riensena, Riocaliente, Rioseco, San Roque del Acebal, Silviella de Pría, Tresgrandas, Turanzas, Vidiago, Villanueva de Ardisana y Villanueva de Pría.

Quinto.- Se dé traslado de la presente resolución a los interesados, a los efectos oportunos, así como a los Alcaldes de Barrio y miembros de las Juntas Vecinales cesantes.

Sexto.- En aquellas localidades en las que se hayan presentado varias candidaturas se procederá a hacer públicos los integrantes de las mismas mediante Bandos de Alcaldía que se dictarán a la mayor brevedad posible y posteriormente y también a través de Bandos de la Alcaldía se convocarán los concejos públicos para realizar las votaciones [Caldueño, Carriles (Los), Llames de Pría, Naves, Pendueles, Porrúa, Posada y Vibaño].

En Llanes, a 10 de Agosto de 2020.

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