El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha denegado las medidas cautelares, solicitadas por el Arzobispado de Oviedo, de suspensión del decreto 43/15 del Gobierno del Principado que regula el currículo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y del decreto 42/15 que regula el currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias.

El Arzobispado de Oviedo interpuso dos recursos contenciosos-administrativos contra ambas normas de la Consejería de Educación y Cultura, en los que solicitaba la medida cautelar de suspensión en su aplicación para el curso escolar 2015/2016, en concreto a lo referido al horario de la asignatura de Religión.

El TSJA considera que en la aplicación de ambas normas “prima el interés público o general sobre el particular” y que la adopción de la suspensión cautelar causaría “daños de irreparables consecuencias al paralizar la matrícula ya iniciada y la necesidad de reajustar los horarios lectivos de todos los profesores y alumnos”.

En relación con el encaje de la materia de Religión en la ESO, el alto tribunal considera que “la menor carga horaria atribuida a su impartición no supone necesariamente una merma en su calidad educativa o que no quede garantizado un mínimo desarrollo del currículo de dicha materia”.

Respecto al Bachillerato, el TSJA destaca que al estar incluida en el bloque de asignaturas específicas, al alumnado “no se le priva de cursar la asignatura de Religión”.

El TSJA ya denegó este mes una primera solicitud de suspensión cautelarísima planteada por el Arzobispado de Oviedo de los dos decretos del Gobierno del Principado que regulan el currículo de la ESO y Bachillerato.