III Premio al Pueblo Ejemplar del concejo de Llanes 2019

Llanes mantiene abierta hasta el 20 de noviembre la convocatoria del Premio al Pueblo Ejemplar 2019

El Ayuntamiento de Llanes mantiene abierto el plazo, hasta el próximo miércoles 20 de noviembre, para presentar candidaturas a la tercera edición del Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes 2019.

Los interesados pueden formalizar su candidatura en la Oficina Municipal de Registro.

El galardón está dotado con 12.000 euros para el ganador, 6.000 euros para el primer finalista y 2.000 euros para el segundo finalista.

En la convocatoria del año 2017 venció San Roque del Acebal y fueron finalistas Ardisana y Lledías. El año 2018 ganó Rales, siendo finalistas Lledías y Porrúa.

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO AL PUEBLO EJEMPLAR DE LLANES  2019

Con el fin de favorecer la promoción y desarrollo de los pueblos y parroquias del Concejo de Llanes, estimulando la participación ciudadana en la consecución de este objetivo, el Ayuntamiento de Llanes convoca el ¿PREMIO AL PUEBLO EJEMPLAR DE LLANES¿.

Este Premio pretende distinguir y premiar al pueblo, núcleo de población o parroquia del Concejo de Llanes, que más haya destacado en el cuidado de su entorno y patrimonio, así como en la recuperación y revitalización de sus tradiciones, en iniciativas de impulso económico y social o en la realización de obras comunales u otras manifestaciones de solidaridad sobresalientes en el año en curso.

BASES

ARTÍCULO 1º : El Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes es un concurso de carácter anual, abierto a la participación de todos los pueblos, aldeas, caseríos y parroquias y lugares del Concejo, pudiendo ser otorgado a una aldea o lugar concreto o a una parroquia en su totalidad.

Esta edición limita su ámbito más geográfico al mundo más rural, excluyendo como participantes a los tres núcleos más poblados de Llanes, Posada y Nueva, sin perjuicio de la modificación de este criterio en futuras ediciones.

ARTÍCULO 2º:  La convocatoria del ¿Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes¿ tiene como objeto premiar la participación ciudadana del concejo de Llanes en actuaciones de recuperación y revitalización de los recursos naturales, patrimoniales y culturales de los pueblos, núcleos rurales, así como el cuidado y mantenimiento de su entorno.

ARTÍCULO 3º:  Pueden presentar candidaturas:

3.1.- Los Alcaldes de Barrio y Juntas Vecinales, acompañando acta de la aprobación en Concejo Vecinal.

3.2.-En aquellos núcleos donde no existe Alcalde de Barrio o Junta Vecinal, cualquier grupo de vecinos en número no inferior a 10.

Se aceptará una única propuesta por cada uno de los proponentes anteriormente mencionados.

ARTÍCULO 4º.-  La convocatoria se realizará mediante anuncio que se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Llanes, así como en la prensa local.

ARTÍCULO 5º.-  Las candidaturas se presentarán en un sobre cerrado, en cuyo exterior se indicará ¿Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes¿ del año en curso.

Las candidaturas serán presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Llanes (C/Nemesio Sobrino s/n) o por cualquiera de los medios que se establecen según la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de candidaturas, que se declarará abierto con la aprobación de estas Bases, quedará cerrado a las 14:00 horas del día 20 de noviembre del año en curso.

ARTÍCULO 6º.-  La documentación que deberá ser incluida en la presentación de cada candidatura es la siguiente:

1º.-Propuesta formal, explicando los motivos por los que se presenta la candidatura.

2º.-Documentación acerca del pueblo, aldea, núcleo de población, caserío, parroquia o lugar propuesto.

3º.-Se señalarán de manera independiente las actividades, logros, actuaciones o demás obras hechas en el año en que se otorga el premio.

Puede acompañarse también, si procede, apoyos a la candidatura y, en general, cuantos datos e información se consideren oportunos para fortalecer la propuesta.

ARTÍCULO 7º.-  La candidaturas que no cumplan los requisitos anteriores no serán admitidas. En todo caso, la documentación presentada no será devuelta, ni se mantendrá correspondencia sobre la misma.

ARTÍCULO 8º.-  Se valorarán positivamente las candidaturas que contemplen los siguientes aspectos:

-La conservación del equilibrio entre la actividad humana y el entorno natural de las zonas propuestas, así como la limpieza y el cuidado del hábitat rural.

-La rehabilitación de inmuebles de uso comunitario y/o elementos de interés cultural e histórico.

-La conservación de la arquitectura tradicional de la zona, la adaptación de las nuevas edificaciones a la tipología de la arquitectura asturiana.

-La conservación de edificaciones de interés histórico-artístico y elementos de interés cultural.

-La realización de trabajos comunitarios a favor de la localidad, del entorno y de elementos de utilidad pública.

-La recuperación de tradiciones.

- Iniciativas de impulso económico y social.

ARTÍCULO 9º.-  El Jurado, designado por el Sr. Alcalde que lo presidirá, estará además compuesto por el portavoz de cada uno de los demás grupos municipales y el portavoz de ¿Concejales no adscritos¿, más el Director de la Casa de Cultura de Llanes, Posada y Nueva, y resto de miembros del Patronato de Turismo, además del Alcalde o representante de la Junta Vecinal del pueblo Premiado el año anterior.

El Jurado elegirá libremente, entre las candidaturas presentadas, aquella que reúna los méritos suficientes para que le sea concedido el premio. Actuará de Secretario un funcionario municipal con voz pero sin voto.

El presidente organiza y dirige las deliberaciones y, en su caso, las votaciones que se lleven a cabo. El secretario vela por el cumplimento del presente reglamento.

Al comenzar la reunión, el secretario declarará constituido el jurado. Para poder participar en las votaciones que se lleven a cabo, los integrantes del jurado deberán estar presentes desde el momento mismo de su constitución.

ARTÍCULO 10º.-  El premio se otorgará al candidato que obtenga la mayoría de los votos del jurado. El voto deberá ser emitido personalmente por cada uno de los miembros del jurado durante las reuniones que se decida a tal efecto. El voto será secreto, se entregará en un sobre cerrado y ser valorará desde uno hasta el número total de candidaturas presentadas, correspondiendo el uno al primer puesto y el número final al último puesto de la votación.

Es posible la delegación del voto siempre y cuando sea a favor de una persona integrante del propio grupo político o asociación.

El premio se otorgará a una sola candidatura y por mayoría de los votos del jurado. En caso de empate decidirá el mayor número de primeros puestos obtenidos en las votaciones y si este persiste, decidirá el voto de calidad del presidente.

Los miembros del jurado obrarán con independencia en el proceso de selección del galardonado y procurarán en todo momento actuar con ecuanimidad y rigor.

Durante el curso de sus deliberaciones, el jurado no podrá proceder a la modificación en ningún sentido de las candidaturas presentadas.

El Premio será otorgado a una sola candidatura, pudiendo declararse la convocatoria desierta.

El fallo del Jurado será inapelable.

Las deliberaciones de los jurados son secretas.

El sistema de votación será establecido de forma que promueva hasta el final la elección sucesiva de los candidatos preferidos por la mayoría del Jurado. A tal efecto, el voto deberá ser expresado siempre en sentido positivo.

ARTÍCULO 11º.-  El fallo del Jurado se pronunciará en el mes de diciembre.

ARTÍCULO 12º.-  El Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes consta de una placa acreditativa y una dotación en metálico, que el Ayuntamiento invertirá en obras y/o actividades de interés

comunitario para la parroquia o lugar y que será propuesta por quien reciba el galardón, de conformidad con el Concejo Público realizado al efecto.

ARTÍCULO 13º.-  Se concederá un Premio y se distinguirá además a los otros 2 finalistas. La dotación económica del Premio para los núcleos seleccionados, será:

¿Premio PUEBLO EJEMPLAR DE LLANES¿, 12.000 ¿.

Primer finalista, 6.000 ¿

Segundo finalista, 2.000 ¿

ARTÍCULO 14º.-  A los tres núcleos premiados se les hará entrega de una placa acreditativa de tal mérito y circunstancia.

ARTÍCULO 15º.-  La participación en esta convocatoria implica la aceptación de todas y cada una de las presentes bases.

ARTÍCULO 16º.-  A propuesta del jurado se valorará la visita a los pueblos candidatos para valorar in situ las aportaciones.