El consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, Enrique Fernández, ha presentado hoy a los presidentes de las tres cámaras de comercio de Asturias una reforma de la Ley  del  Principado 8/2015, de 20 de marzo, que regula el funcionamiento interno de las corporaciones de derecho público. Los cambios persiguen reforzar el papel dinamizador que ejercen estas entidades en la economía y, al mismo tiempo, afianzar su colaboración y coordinación con el Gobierno de Asturias.   Fernández ha informado sobre las modificaciones legales a los responsables de las tres organizaciones camerales: Carlos Paniceres (presidente de la Cámara de Oviedo), Félix Baragaño (presidente de la Cámara de Gijón) y José Martínez (vicepresidente de la Cámara de Avilés). En el encuentro ha participado también el director general de Comercio, Emprendimiento y Economía Social Julio González Zapico.   El texto redactado por el Ejecutivo autonómico incorpora los siguientes cambios en la ley vigente:

Plan estratégico

El Plan Cameral o Plan Estratégico de las Cámaras de Comercio tendrá una vigencia bienal y, como mínimo, deberá incluir las actuaciones previstas por las corporaciones, además de la memoria justificativa, la definición de objetivos e indicadores de cumplimiento, mecanismos de financiación y plazos de ejecución.

También contempla la creación y regulación de un consejo rector, encargado del seguimiento y valoración de la ejecución del documento de planificación, que estará integrado por un representante del Gobierno del Asturias, que asumirá la presidencia, y un representante del Consejo de Cámaras.

El Consejo de Cámaras

El borrador de cambios legales plantea la creación del Consejo de Cámaras del Principado, un nuevo órgano con la consideración de corporación de derecho público y personalidad jurídica propia, integrado por representantes de las tres entidades. Tendrá por finalidad la representación, coordinación y relación de todas las cámaras de la comunidad y de ellas como la Administración autonómica.

Este órgano tendrá las siguientes funciones:

El Consejo de Cámaras estará compuesto por las personas titulares de las presidencias, dos vocales designados por cada una de las corporaciones y los titulares de las secretarías generales, que actuaran con voz pero sin voto. Tanto la presidencia como la secretaria serán rotatorias.??????

 Declaraciones consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, Enrique Fernández (mp3: 899 Kb)???????