“La RAE define como ‘aparcamiento disuasorio’ aquel debidamente conectado con los medios de transporte público y, en este caso, la parada de autobús más cercana está a 500 metros en línea recta y 700 metros caminando”

El concejal de FORO Asturias en el Ayuntamiento de Gijón, Pelayo Barcia Castañón, ha expuesto hoy, a través de una nota informativa, que en la próxima Comisión de Movilidad preguntará sobre “un cartel que hace varias semanas se ha colocado en la rotonda de La Guía, que indica que el aparcamiento tras el Palacio de los deportes es un ‘aparcamiento disuasorio’.

“Hace dos o tres semanas, el Ayuntamiento de Gijón, por orden de la Concejalía de Movilidad, colocó un cartel, o señal, en la rotonda de La Guía indicando que el aparcamiento tras el Palacio de los Deportes es disuasorio. Aparte de ese cartel, y de otro dos junto a su entrada, no existe ninguna actuación más que pueda cambiar la definición de este parking, donde los domingos se ubica el Rastro”, ha explicado el edil forista.

Según el diccionario panhispánico del español jurídico de la Real Academia de la Lengua Española, ‘aparcamiento disuasorio’ se define como un “lugar de estacionamiento emplazado fuera del centro o en la periferia de una población debidamente conectado con los medios de transporte público para disminuir en las áreas urbanas la circulación con vehículos privados”.