Carmen Fernández: “Es incongruente excluir a Javier Fernández de las responsabilidades políticas por la falta de coordinación de los miembros de su gobierno ante los incendios de 2015; él es el máximo responsable del órgano colegiado que es el Consejo de Gobierno”

“Su responsabilidad se debe a la ausencia de una política de prevención eficaz, por la gestión inadecuada y también por no estar la altura en la respuesta a los daños es innegable”

“El propósito de PP, IU y C’s de exonerarle de toda responsabilidad forma parte de la vieja política de pactos encubiertos entre partidos en Asturias, y entre ellos el de no agresión entre determinados lideres”

La diputada de FORO en la Junta General del Principado de Asturias, Carmen Fernández, representante de su grupo parlamentario junto a Pedro Leal en la Comisión de Investigación de incendios acaecidos en diciembre de 2015, ha trasladado a los medios informativos el voto particular concurrente al Dictamen de la Comisión “al objeto de incluir al presidente, Javier Fernández.

“Es incongruente excluir a Javier Fernández de las responsabilidades políticas por la falta de coordinación de los miembros de su gobierno ante los incendios de 2015; él es el máximo responsable del órgano colegiado que es el Consejo de Gobierno”, dijo Carmen Fernández, para añadir que “el propósito de PP, IU y C’s de exonerarle de toda responsabilidad forma parte de la vieja política de pactos encubiertos entre partidos en Asturias, y entre ellos el de no agresión entre determinados lideres”.

A juicio de FORO, “la responsabilidad de Javier Fernández se debe a la ausencia de una política de prevención eficaz, por la gestión inadecuada y también por no estar la altura en la respuesta a los daños es innegable. Del mismo modo, también es el máximo responsable de unos presupuestos autonómicos deficitarios en el plano de la ordenación y acondicionamiento de montes, que impiden el desarrollo de políticas de prevención por parte de las Consejerías competentes”.

El texto íntegro del voto particular concurrente emitido es el siguiente :

Los representantes del Grupo Parlamentario FORO ASTURIAS en la Comisión Especial no Permanente de Investigación al objeto de analizar, investigar y depurar las posibles responsabilidades por las causas, gestión y consecuencias de la oleada de incendios acaecidos en Asturias en el mes de diciembre de 2015, al amparo del artículo 76.5 del Reglamento de la Cámara, formulan el siguiente VOTO PARTICULAR al considerar incompleto el capítulo III relativo a las Conclusiones, y en particular al apartado III.4 referente a las personas sobre las que se refutan las Responsabilidades de los hechos susceptibles de investigación, al no figurar expresamente el Presidente del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, como máximo responsable del mismo, con fundamento en los siguientes

MOTIVOS

PRIMERO.- A nuestro juicio, el Dictamen de la Comisión excluye erróneamente al Presidente del Gobierno en el momento en que tuvieron lugar los hechos objeto de investigación, pues conforme al art. 33 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias, es al Presidente a quien corresponde presidir el órgano colegiado que dirige la política de la Comunidad Autónoma y al que corresponden las funciones ejecutiva y administrativa y el ejercicio de la potestad reglamentaria. Debido a ello, cabe desprenderse que es el máximo responsable de la ausencia de coordinación entre las Consejerías de Presidencia y Participación Ciudadana y la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, y en consecuencia es corresponsable directo en las Causas, Gestión de los incendios y Consecuencias relatadas en los apartados III.1, III.2 y III.3 del Dictamen de la Comisión que damos por reproducidos en méritos de brevedad.

SEGUNDO.- Que con fundamento en el propio contenido del Dictamen de la Comisión, el Presidente del Consejo de Gobierno del PPAA, no ha ejercido diligentemente las atribuciones que le confiere el art. 17 de la  Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en particular las siguientes reflejadas expresamente en el precepto legal antes citado y que a continuación se enumeran :

a) Establecer la línea programática de la acción del Consejo de Gobierno cuya actividad dirige, y disponer la continuidad de la misma.

f) Asegurar la coordinación entre las distintas Consejerías y resolver los conflictos de atribuciones entre las mismas.

g) Coordinar el programa legislativo del Consejo de Gobierno y la elaboración de normas de carácter general.

o) Cuantas facultades y atribuciones le correspondan con arreglo a la legislación vigente no recogidas en los párrafos precedentes.

Por consiguiente, constituiría una evidente contradicción, afirmar y sostener las deficiencias expresadas en la acción de gobierno que se enumeran pormenorizadamente a lo largo del Dictamen de la Comisión, las cuales se fundamentan en elementos objetivos y en los testimonios de la mayoría de los comparecientes, para posteriormente, excluir del mismo al principal responsable de coordinar esas deficientes líneas políticas y de gestión que se reflejan en el Dictamen, por ende, no se le debe exonerar de toda responsabilidad política por las causas, gestión y consecuencias de la oleada de incendios acaecidos en Asturias en el mes de diciembre de 2015 y enero de 2016, que según los datos proporcionados por el SEPA que figuran en la documentación objeto de los trabajos de la Comisión, el número total de los mismos ascendía a 86, los cuales calcinaron una superficie de 12.620,12 hectáreas, lo que supone una media de 33,54 hectáreas por siniestro, teniendo la consideración de ‘grandes incendios’, los acaecidos en Boal-El Franco, con 2.554 hectáreas quemadas, y  el localizado en los pueblos de La Troncada y Los Tornos, en Tineo, con 575,24 hectáreas dañadas, lo que en base a las funciones, atribuciones y obligaciones del Presidente del Consejo de Gobierno, puesto en relación con el contenido del Dictamen de la Comsión, resultaría en cierta medida contradictorio.

Por todo lo anterior, y conforme a la argumentación que antecede, procedería modificar el Capítulo III  relativo a las Conclusiones del Dictamen de la Comisión, añadiendo el siguiente párrafo al inicio del aparado III.4 en lo que se refiere a las Responsabilidades, al efecto de añadir al Presidente del Consejo de Gobierno, modificando a su vez, los números de las siguientes personas responsables para su debida ordenación numérica, con el siguiente contenido:

1.- Don Javier Fernández Fernández, como Presidente del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias cuando se produjeron los incendios objeto de esta Comisión de investigación, como máximo responsable político del Gobierno, y tener atribuida la potestad de dirigir la acción del Consejo de Gobierno y la coordinación de la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma, coordinación que ha sido deficiente, al menos entre las áreas de las Consejerías de Presidencia, por un lado y de la Consejería de Desarrollo Rural, por otro. Del mismo modo, como máximo responsable de unos presupuestos autonómicos deficitarios en el plano de la ordenación y acondicionamiento de montes, que impiden el desarrollo de políticas de prevención por parte de las Consejerías competentes.