Rosa Domínguez de Posada: “El Ministerio de Fomento debe explicar el régimen de incompatibilidades de los técnicos de mantenimiento aeroportuario”

“¿Es cierto que las incompatibilidades en AENA sólo perjudican a  los técnicos de mantenimiento aeroportuario, cuyo complemento supera el porcentaje establecido y para los cuales no existe posibilidad de contar con resolución positiva de compatibilidad?”

“¿Tiene pensado  el gobierno extrapolar del RDL 20/2012 a todos los empleados de AENA y ENAIRE, lo que les permitiría a los trabajadores afectados reducir ese complemento específico y poder optar a la compatibilidad?”

Rosa Domínguez de Posada ha presentado en el Senado a nombre de FORO sendas preguntas al Gobierno para que el Ministerio de Fomento se pronuncie sobre el régimen de incompatibilidades que afecta a los técnicos de mantenimiento aeroportuario de AENA, la sociedad mercantil estatal que gestiona los 40 aeropuertos y 2 helipuertos de interés general. “El Ministerio de Fomento debe explicar el régimen de incompatibilidades de los técnicos de mantenimiento aeroportuario”, manifiesta.

Domínguez de Posada explica que “desde que en febrero de 2015, AENA fue privatizada parcialmente, los empleados de AENA están sometidos al régimen de incompatibilidades de la Administración Pública. Pero, según la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, podrán realizar actividades privadas el personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad”.

La senadora pregunta al Gobierno si “es cierto que este artículo sólo perjudica a los técnicos de mantenimiento aeroportuario (TMA), cuyo complemento específico (o equiparable) supera ese porcentaje y para los cuales no existe posibilidad de contar con resolución positiva de compatibilidad”.

Texto de las preguntas al Gobierno registradas por FORO :

AENA, S.A. es una sociedad mercantil estatal que gestiona los aeropuertos y helipuertos de interés general del Estado en España.

La sociedad gestiona 46 aeropuertos y 2 helipuertos en España y participa directa e indirectamente en la gestión de otros 15 aeropuertos en Europa y América. Es controlada al 51 % por la entidad pública empresarial ENAIRE, que a su vez depende del Ministerio de Fomento. Fue creada en 2010 a partir de la segregación de los activos aeroportuarios del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea  con el nombre de AENA.

Hasta el 5 de julio de 2014 se denominó AENA Aeropuertos, S.A. Se realizó la privatización parcial de la sociedad mediante una OPV celebrada el 11 de febrero de 2015.

Los empleados de AENA  están  sometidos al régimen de incompatibilidades de la Administración Pública y se aplica la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

En lo que respecta a AENA,  el artículo 16.4 de dicha Ley dice:

“Asimismo, por excepción y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en los artículos 10, 11, 12 y 13 de la presente Ley, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad”.

Por ello, la senadora que suscribe, formula la siguiente pregunta al Gobierno de la que desea obtener respuesta por escrito:

1.- ¿Es cierto que este artículo sólo perjudica a un colectivo de empleados de dicha mercantil estatal, los técnicos de mantenimiento aeroportuario (TMA), cuyo complemento específico (o equiparable) supera ese porcentaje y para los cuales no existe posibilidad de contar con resolución positiva de compatibilidad?

2.- ¿Tiene pensado  el gobierno extrapolar del RDL 20/2012 a todos los empleados de AENA y ENAIRE, lo que les permitiría a los trabajadores afectados reducir ese complemento específico y poder optar a la compatibilidad?