¿Estás al corriente de todos los cambios de la DGT para 2021?

Algunas de estas medidas están relacionadas con los límites de velocidad, uso del teléfono móvil o el cinturón de seguridad y una norma específica para la circulación en patinete eléctrico por ciudad.

Con el objetivo de continuar reduciendo el número de muertes en carretera, bien sea en accidentes de tráfico o en otro tipo de actuaciones, el Gobierno de España aprobó el pasado mes de noviembre una serie de medidas en materia de tráfico que entrarán en vigor durante este 2021.

Toma nota, porque varios de estos cambios ya tienen fecha de llegada y son de obligado cumplimiento.

Medidas que ya entraron en vigor a principios de año

El 2 de enero de 2021 entró en vigor una medida con el objetivo de regular el uso de los vehículos de movilidad personal como los patinetes eléctricos. Estas medidas establecen que:

  • Se prohibe la circulación de patinetes por aceras y zonas peatonales, debiendo circular estos por la carretera cumopliendo siempre con las normas generales de circulación al igual que el resto de vehículos. Los usuarios de los patinetes si podrán utilizar carriles bici pero tendrán prohibido el acceso a vías interurbanas, autovías, travesías y autopistas, quedando restringido su uso a la ciudad.
  • Los vehículos de movilidad personal no podrán circular a una velocidad inferior a 6 km/hora por el riesgo que supone para el resto de vehículos ni a una velocidad superior a 25 km/h por el riesgo que supone para el usuario del mismo.
  • No será necesario el uso obligatorio del casco para circular en este tipo de vehículos aunque sí que se aconseja su utilización. Tampoco existe una edad mínima específica para conducirlos ni será necesario (por el momento) que estos cuenten con matrícula ni será necesario una licencia de manejo en exclusiva.


Medidas que entran en vigor el 11 de mayo

El próximo 11 de mayo entrarán en vigor medidas relacionadas con el adelantamiento en carreteras convencionales y límites de velocidad de circulación en ciudad.

  • Restricciones de adelantamiento en carreteras convencionales: Prohibido adelantar en carreteras convencionales si el vehículo que nos precede ya circula a la velocidad límite establecida (90 km/h a nivel general o 100 km/h en carreteras con separación física entre los dos sentidos de circulación.
  • Nuevos límites de circulación en ciudad: circulando por ciudad tendremos que ajustarnos a los nuevos límites de velocidad establecidos:
    • 20 km/h en vías con plataforma única de calzada y acera.
    • 30 km/h en vías con un solo carril por sentido de circulación.
    • 50 km/h en vías de dos o más carriles por cada sentido de circulación.

Medidas sin fecha de entrada

  • Sanciones por uso de móvil: Si "te pillan" utilizando uno de estos dispositivos te restarán 6 puntos del carnet (hasta la fecha eran 3 puntos) y deberás abonar 500 euros de multa. Pero la novedad de esta sanción es que no se aplicará únicamente a aquellas personas que estén usando el móvil,si no también a aquellas que lo tengan en la mano, aunque no lo estén consultando en ese momento.
  • Uso de detectores de radar: a partir de 2021 no solamente será motivo de sanción utilizar estos detectores, si no tenerlos instalados en el vehículo aunque no se estén utilizando. Se considera una infracción grave penada con una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet.
  • Conducir sin el cinturón de seguridad: esta infracción supone la retirada de 4 puntos y la sanción de 200 euros. También incluye circular con bebés o niños pequeños sin la correspondiente sillita de seguridad o utilizarla de manera incorrecta.
  • Moticicletas: la DGT determinó que, además de mantenerse la obligatoriedad de utilización de los cascos de seguridad, a partir 2021 habrá que sumar un nuevo elemento, los guantes. No es una medida que haya tenido mala acogida entre los motoristas, ya que es un accesorio que muchos de ellos ya incluían como habituales en su vestimenta, debido a la cantidad de fracturas de muñeca y laceraciones que se producían en los accidentes.