·         El catálogo ya está en marcha y las condiciones pueden consultarse en el Perfil del Contratante de Zalia

 

·         La sociedad está remitiendo   el documento a todos los diarios oficiales con el fin de difundir la iniciativa entre los potenciales agentes

 

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica hoy las bases que regulan el funcionamiento del Registro de Agentes Habilitados   de   la Zona de Actividades Logísticas e Industriales del Principado de Asturias (Zalia), creado el pasado mes de octubre por acuerdo unánime del consejo de administración de la sociedad para impulsar la venta de parcelas urbanizadas.

 

Aunque el nuevo catálogo ya está en marcha, tras publicarse las bases reguladoras en el Perfil del Contratante de ZALIA (www.zalia.es), la sociedad ha enviado el anuncio a los boletines oficiales  de la Comunidad Autónoma, del Estado y de la Unión Europea (BOPA, BOE y DOUE), con el fin de difundir su creación ante potenciales agentes regionales, nacionales e internacionales.

 

El nuevo registro tiene como objetivo abrir canales de comercialización adicionales a la acción comercial directa de la sociedad, a través de una red de agentes comprometidos en la venta del suelo de Zalia, sin incurrir en costes de estructura que habitualmente son inherentes a las acciones de venta. En este sentido, a los agentes colaboradores se les retribuirá el servicio en el caso de que la venta se haga efectiva.

 

De acuerdo con los requisitos establecidos, pueden inscribirse en ese índice de agentes habilitados las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que acrediten capacidad de obrar y presenten la documentación solicitada para justificar su solvencia económica y financiera, así como técnica o profesional.

 

Las solicitudes serán analizadas por la dirección de la sociedad, y resueltas en un plazo máximo de dos meses. Está previsto que Zalia publique en su web, con una periodicidad cuatrimestral desde su entrada en vigor,  un listado actualizado de agentes inscritos.

 

Las bases establecen que los agentes, antes de avanzar las negociaciones con potenciales clientes, deberán  recibir de la sociedad el visto bueno expreso sobre la admisibilidad de cada uno de los proyectos sobre los que trabajen. Para ello, agente y cliente potencial deberán presentar ante la sociedad una solicitud conjunta, con información sobre el proyecto que plantean desarrollar: datos de la empresa interesada, tipo y cantidad de suelo demandado, actividad a realizar, entre otros. El objetivo es que solo avancen aquellas operaciones de comercialización que sean realmente viables, se ajusten a los planeamientos existentes y respondan a los objetivos estratégicos de la Zalia. El plazo establecido para que la sociedad resuelva sobre la admisibilidad es de 15 días, desde la presentación en registro.

 

Tras el visto bueno al proyecto, únicamente si se produce la firma contrato de compraventa entre Zalia y el cliente, el agente habilitado podrá solicitar el abono de los servicios prestados. Las condiciones del pago dependerán del precio de las operaciones de compraventa concluidas y pretenden estimular la venta del mayor número posible de parcelas. El consejo de administración ha acordado establecer los siguientes porcentajes, que se liquidarán por tramos, con carácter acumulativo:

 

Para las compraventas de  0 a 1.000.000 euros se abonará un 2,5%; desde 1.000.001 hasta 1.500.000 euros, se pagará un 1,5% y desde 1.500.001 euros corresponderá el 1,25%.

 

*Se adjunta enlace de la publicación: 

http://ted.europa.eu/udl?uri=TED:NOTICE:402790-2014:TEXT:ES:HTMLysrc=0ytabId=1