La Agencia de Consumo impulsa una campaña para detectar prácticas comerciales desleales durante el estado de alarma

La Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo ha iniciado una campaña de vigilancia de precios para controlar su evolución y evitar posibles prácticas comerciales desleales durante la situación excepcional generada por el estado de alarma.

En este sentido, Consumo está realizando una monitorización diaria de precios de diversos artículos de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, productos higiénicos, droguería, parafarmacia y equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.

La campaña, que se desarrolla en colaboración con el Ministerio de Consumo, presta especial atención a las prácticas comerciales desleales detectadas en la venta de equipos de protección individual (guantes, mascarillas y gel hidroalcohólico).

Asimismo, también efectúa un seguimiento particular a los precios de los servicios funerarios, que no podrán ser superiores a los vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020. Además, antes de la contratación del servicio, la funeraria debe facilitar un presupuesto detallado de todos los servicios y adjuntar un listado de los precios antes de la declaración del estado de alarma. En su caso, la empresa funeraria que hubiese cobrado de más deberá proceder a su devolución.

Ante esta situación excepcional, el Gobierno central ha aprobado una serie de medidas para proteger a los consumidores ante los problemas que pueda ocasionarles la situación excepcional: cancelaciones de vuelos, viajes turísticos, eventos deportivos, espectáculos o la suspensión de la actividad de gimnasios o academias.

En el caso de los viajes en avión, el consumidor tendrá derecho a cancelar el vuelo sin penalización. La compañía puede ofrecerle una alternativa de vuelo y, si no se llega a un acuerdo en el plazo de 60 días deberá de reembolsarle la cuantía abonada. En cuanto a las reservas de hoteles u otros eventos como espectáculos o pruebas deportivas que no puedan realizarse en la fecha prevista, se adoptan las mismas medidas.

En los servicios de carácter periódico (gimnasio, academias o escuelas infantiles. entre otros servicios), el prestador podrá ofrecer la opción de disfrutar posteriormente de las actividades o reducir el importe abonado en las cuotas futuras. Si el cliente no acepta la alternativa propuesta, se procederá a la devolución del dinero. Asimismo, las empresas no podrán cobrar nuevas cuotas hasta que no se reanude el servicio.

Las personas que hayan perdido su empleo o sufrido una pérdida de ingresos o de facturación de al menos el 40% podrán solicitar la suspensión del pago de su hipoteca o crédito al consumo.

Además, está prohibido el corte de suministro de agua, luz y gas a estos consumidores vulnerables o en riesgo de exclusión social.

Los consumidores que haya adquirido un bien que no puedan recibir, podrán solicitar la resolución del contrato en un plazo de 14 días. No obstante, la empresa tiene la opción de ofrecer una solución alternativa (fecha diferente de entrega o un vale sustitutorio) que el comprador deberá aceptar. Si transcurridos 60 días no ha habido acuerdo, la empresa devolverá el dinero.

La Agencia de Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo actualiza en su página web (www.consumoastur.es ) las medidas de protección de las personas consumidoras así como recomendaciones y consejos útiles para estos momentos tan excepcionales.